A eso se le llama golpismo
Post invitado de Luis Bouza-Brey
--(Entrevista A Joan Puigcercós, Presidente de ERC, en “ABC” del 13-12-09)
P– ¿Cómo se llega, entonces, a la independencia?
R–Hay soluciones muy fáciles. Si hay una mayoría independentista en el Parlament, unilateralmente se puede dar el paso. Pero una cosa es evidente: ha llegado el momento de superar la legalidad vigente. La legalidad constitucional nos encajona. La sentencia del Estatut, buena o mala, supondrá un punto final. Ese será el punto en el que ERC deberá coger su nervio de crecimiento.
P-¿Y cómo se puede superar la legalidad vigente?
R–Pues ejerciendo la independencia. La próxima legislatura, Catalunya deberá celebrar una consulta vinculante para decidir entre tres vías: quedarse igual, intentar reformar la Constitución o crear un Estado libre e independiente.
Que un miembro del Gobierno catalán y Diputado, Presidente además de Esquerra Republicana de Cataluña, proponga la violación de la Constitución, la “superación de la legalidad”, el ejercicio de la independencia y la celebración de una “consulta vinculante” para “crear un Estado libre e independiente”, en cualquier país democrático recibe la denominación de inducción al Golpe de Estado. La Constitución prohíbe la convocatoria de referéndums si no es en los casos previstos para la aprobación o reforma de los Estatutos de Autonomía o la aprobación de una reforma de la Constitución, de acuerdo con las propias normas constitucionales que regulan estos supuestos, pero además afirma en su art. 92 que- 1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.
- 2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.(por mayoría absoluta, de conformidad con el art. 6 de la Ley Orgánica2/1980 reguladora de las distintas modalidades de referéndum, L. B.-B.)
- 3. Una Ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.”
Pero en este país extraño, en el que su clase política detenta un poder que le viene grande según los parámetros del Estado de Derecho, la legalidad Constitucional y la democracia, llevamos seis años sufriendo un Golpe de Estado a cámara lenta, en el que el Presidente del Gobierno promete a los independentistas que les dará lo que le pidan; se alía con ellos para alcanzar el poder; somete a exclusión ilegítima al principal partido de la oposición; pacta con las diversas fracciones del independentismo la aprobación de un Estatuto inconstitucional mediante la mayoría parlamentaria fabricada por sus pactos con ellos; ralentiza la renovación del Tribunal Constitucional y la emisión de sentencia de éste sobre el Estatuto; permite la aplicación de dicho Estatuto en clara violación constitucional sin activar la acción del Fiscal General del Estado o solicitar al Tribunal Constitucional la paralización de las decisiones inconstitucionales; mira para otro lado ante la acción inconstitucional de diversos organismos públicos de colaboración en la realización de consultas referendarias inconstitucionales; y mantiene la coalición de su partido con los golpistas, permitiéndoles el desbordamiento de la Constitución, sin romper inmediatamente su alianza y echarlos del Gobierno.
Esto es un Golpe de Estado en toda regla, y el Tribunal Supremo tiene competencia, de acuerdo con la Constitución, para enjuiciar estos comportamientos, por iniciativa del Fiscal General del Estado contra los golpistas, o por iniciativa de una cuarta parte de los miembros del Congreso y aprobación por mayoría absoluta del mismo, en el caso de los miembros del Gobierno.
El Partido Popular tiene más de los treinta y cinco diputados necesarios para presentar una moción de censura contra el Presidente del Gobierno, de acuerdo con el art. 113 de la Constitución; y cuenta con más de los ochenta y ocho diputados necesarios para proponer la actuación del Tribunal Supremo contra los miembros del Gobierno por delitos contra la seguridad del Estado, de acuerdo con el art. 102 de la Constitución. Pero el Partido Popular no parece consciente de cuál es su papel como oposición constitucional en la defensa del régimen legítimo, por lo que su posicionamiento es mirar para otro lado antes que enfrentarse política y legalmente contra el golpismo.
Y por eso la democracia por la que el pueblo español se sacrificó durante tantos años está siendo violada y sepultada por el golpismo institucional ejecutado por los actores mencionados, en el papel de autores, cómplices o encubridores, de acuerdo con los arts. 18 y siguientes y 451 del Código Penal.
El Parlamento, la oposición, el Fiscal General del Estado, el Tribunal Supremo y los ciudadanos deben actuar para evitar la consumación anunciada del golpe contra la democracia que se está realizando. Cuando la Ley se viola sólo queda la violencia como recurso para imponer la violación o impedirla. Pronto aparecerán víctimas si no se hace nada para detener esta locura recurrente de nuestra Historia.
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