Una propuesa de reforma de la ley electoral, dentro de un orden.
Post de Octavio
--Del dictamen del Consejo de Estado sobre la reforma de la ley electoral:
De este modo, no resulta admisible, en términos constitucionales, la consideración como circunscripción electoral de cualquier otra entidad política o administrativa distinta de la provincia. A la vista del contenido del articulo 68.3 de la Constitución, no es posible la creación de circunscripciones autonómicas, ni mucho menos una de alcance nacional, aunque solo sea – en este ultimo caso- para la elección de una parte de los diputados del Congreso mediante una lista nacional al estilo Alemán. Por expresa decisión del constituyente, el computo de votos debe realizarse a nivel provincial.Cuando se habla de reforma electoral la primera pregunta que hay que hacerse es qué permite la constitución y hasta donde se pude llegar sin tocar su texto.
Bueno , en realidad la primera pregunta seria ¿para qué?… y creo que para todos nosotros la respuesta es clara, lograr un sistema mas justo y que reste poder decisorio a los nacionalismos separatistas. Solucionar paradojas como que , con mayor numero de votos un partido regional pueda tener mayor representatividad que uno nacional (ejemplo palmario es el de la diferencia de representación entre IU y el PNV).
El supuesto que os planteo se formula para un supuesto dentro de la constitución sin necesidad de reformarla. Los demás supuestos (reforma o cambio constitucional) los dejo para otras discusiones.
Nuestro ex compañeros y “amigos” de UPyD siguiendo el dictamen del consejo de Estado optan por reducir la representación provincial obligatoria a un Diputado , aumentar el numero de diputados hasta los 400, y prescindir de la ley D`Hont por un sistema proporcional mas puro.
Bien mi primera objeción a tal reforma es que, lo de aumentar el numero de culíparlantes con cargo al erario publico no me gusta nada , nada, nada.
La segunda objeción es mas teórica, es cierto que el aumento del numero de escaños favorecería a circunscripciones actualmente castigadas como Madrid ( feudo updero) , Sevilla y Valencia, pero también se castiga a provincias como Barcelona, La Coruña, Guipuzcoa , Vizcaya y Pontevedra donde el nacionalismo también recibiría parte del beneficio de los nuevos criterios o Zaragoza , Las Palmas o Pamplona donde regionalistas y nacionalistas entrarían en el reparto.
Entiendo la necesidad de mi admirada Rosa de tener junto a ella a ( un suponer) Ramón Marcos o CMG para esa tarea ímproba de regenerar el sistema , sin que se note o traspase, pero no la comparto.
Mi propuesta sería la siguiente, se mantienen (que remedio) los 350 diputados, separando los diputados electos por provincia en dos listas, “diputado provincial” y “diputados por provincia”. Los primeros 52, son diputados elegidos por sistema mayoritario , los otros 248 , serian elegidos por provincias en relación directamente proporcional al numero de electores censados en la provincia en relación con el total nacional.
La elección se haría en días separados (por ejemplo, dos semanas). En el primer día se elegirían los “diputados por provincia” de la lista proporcional , en la segunda jornada se elegiría el “diputado provincial” de entre los candidatos de los dos partidos mas votados en la provincia.
Fijaros que interesantes se podrían poner en la segunda jornada, circunscripciones como Barcelona o Guipuzcoa cuando de la elección del diputado provincial dependa una mayoría absoluta ( o incluso si la decesión esta en Soria conociendo como se las gastan los arevacos).