La nación política de ZoPenco. Zapaterilandia.
Crónica de un golpe de estado anunciado
--Zapatero ha explicado que en términos políticos, sociológicos o históricos se puede hablar de una nación sin valor jurídico. "El Tribunal Constitucional lo dice claramente", apuntó, por lo que abrió la puerta a la definición de Cataluña como "nación política". "Lo dijera o no el Tribunal Constitucional, son hechos, suceden. Hay ciudadanos que consideran que su Comunidad responde a esas características. Les podemos tapar la boca, pero en democracia eso no se puede hacer, y tenemos que respetarles", ha añadido.
--En efecto, ZoPenco. Hay ciudadanos que consideran que tú eres un perfecto imbécil, cruzado de peligroso felón, y tenemos que respetarles. No les faltan argumentos. Por ejemplo, y para no hacerte consultar literatura demasiado técnica que tal vez no entiendas, vayamos a lo más popular y más a mano. Wikipedia:
Nación Política [–>]:
En el campo del derecho político, la nación política es el titular de la soberanía cuyo ejercicio afecta a la implantación de las normas fundamentales que regirán el funcionamiento del Estado. Es decir, aquellas que están en la cúspide del ordenamiento jurídico y de las cuales emanan todas las demás.
Y:Nación, en sentido estricto, tiene dos acepciones: la nación política, en el ámbito jurídico-político, es un sujeto político en el que reside la soberanía constituyente de un Estado; la nación cultural, concepto socio-ideológico más subjetivo y ambiguo que el anterior,
El Tribunal Constitucional, o más bien la parte que tú pastoreas del TC que es mayoritaria, lo ha dejado muy claro:Es preciso convenir con el Abogado del Estado y con el Parlamento y la Generalitat deCataluña en que el término “nación” es extraordinariamente proteico en razón de los muydistintos contextos en los que acostumbra a desenvolverse como una categoría conceptualperfectamente acabada y definida, dotada en cada uno de ellos de un significado propio e intransferible. De la nación puede, en efecto, hablarse como una realidad cultural, histórica, lingüística, sociológica y hasta religiosa. Pero la nación que aquí importa es única y exclusivamente la nación en sentido jurídico-constitucional. Y en ese específico sentido laConstitución no conoce otra que la Nación española, con cuya mención arranca su preámbulo,en la que la Constitución se fundamenta (art. 2 CE) y con la que se cualifica expresamente la soberanía que, ejercida por el pueblo español como su único titular reconocido (art. 1.2), se ha manifestado como voluntad constituyente en los preceptos positivos de la ConstituciónEspañola.
Por si exceda la capacidad de ZoPenco: ... <i>la soberanía que ejercida por el pueblo español como su único titular reconocido</i> ... .Y entre los ejemplos que el TC y el abogado del estado dan de múltiples acepciones y usos de nación, no está eso de la "nación política" distinta de la jurídica, por la sencilla razón de que esta no son distinguibles.