Andando camino
Octavio
Quiero indicaros que ante la posibilidad e ilusión de intentar nuevos proyectos, que… el haber recurrido al procedimiento del derecho de petición se trata de un hecho excepcional.Pese a la idea que pueda haberse transmitido… esta vía solo puede ser utilizada de manera muy restrictiva, cuando no existe otra y por lo tanto la competencia en la materia no la tenga ningún órgano territorial, administrativo, autonómico , municipal…ni el propio gobierno… de ahí la excepcionalidad del procedimiento.
Y cuando se trata de compentecias legislativas, los ciudadanos solo pueden dirigirse al parlamento para solicitar que se legisle, si la petición se refiere a materias no que afectan a derechos fundamentales, … y se requieren las 500.000 firmas de la iniciativa legislativa del art. 87.3 de la Constitución.
Claro que puede uno dirigirse a los diputados, pero obligar a un órgano del Congreso a emitir una resolución con alcanza general … eso creo que solo lo hemos hecho nosotros. (Otra cosa es que alguien haya pedido , yo que se, el derecho a pedir peras a un Olmo).