El gobierno no cree que el gobierno sea colaborador del terrorismo.
Payasada Nacional en su máximo esplendor. El fiscal Bautista, o sea Pumpido, o sea el gobierno, no cree que los acusados por el caso Faisán, o sea el gobierno, son acusables de “colaboración con banda armada”. Sólo de revelación de secreto. Y la razón es tan evidente que la puede ver cualquiera.
no se puede demostrar que los acusados compartieran las finalidades y los objetivos de la organización terrorista.Sorprendente sutileza jurídica, que parece ser de resultado variable, o según convenga. Por ejemplo, en la investigación del 11 M, tres acusados de "colaboración con banda armada" en un delito supuestamente cometido por un grupo islamista, no podían en ningún caso compartir las finalidades de la banda, puesto que ni siquiera eran musulmanes. Los dos hindúes, Suresh Kumar, Vinay Kholy, y Suárez Trashorras. [-->].
Y hay un caso aun peor, también relacionado con el 11-M. Sánchez Manzano, también para evitar la juez que le ha tocado …
afirma que los hechos que se le imputan no supondrían un delito de encubrimiento sino de colaboración con banda terroristaEs de suponer que en este caso la fisclía pondrá el grito en el cielo y se negará en rotundo a que el caso salga del juzgado de Coro Cillán. Y ajo y agua, Manzano. Aunque me caben dudas. Nuestra cándida fiscalía parece capaz de cualquier virguería, incluso de prescindir de las sentencias del supremo que se molestan en explicar la esencia del delito de colaboración con banda terrorista:
La esencia del delito de colaboración con banda armada consiste en poner a disposición de la misma, conociendo sus métodos, determinadas informaciones, medios económicos o de transporte, infraestructura o servicios de cualquier tipo, que la organización obtendría más difícilmente -o en ocasiones le sería imposible obtener-, sin dicha ayuda externa, prestada precisamente por quiénes, sin pertenecer a ella, le aportan su voluntaria aportación. Por ello el delito de colaboración con banda armada incluye aquellas acciones que, realizadas voluntariamente con este fin, facilitan cualquier de las actividades de la organización, y no solamente las acciones armadas. Y ello prescindiendo de la coincidencia de fines, pues lo que aquí se sanciona no es la adhesión ideológica ni la prosecución de determinados objetivos políticos o ideológicos, sino el poner a disposición de la banda armada determinadas aportaciones, conociendo que los medios y métodos empleados por la organización consisten en hacer uso de la violencia, es decir, del terror y de la muerte.¿Y bien? Pues que no sería de extrañar que Manzano y Bautista tengan razón simultáneamente, aunque defiendan exactamente lo contrario. Y que el delito de colaboración con banda terrorista necesite la coincidencia de fines, y al mismo tiempo no la necesite. Según. Según el polvo del camino, según eso que llaman "derecho creativo", y otras garzonadas.
Y luego pedirán que les tomemos en serio, y no nos riamos. Pero me temo que Pacheco tenía toda la razón.