Borbónicas cuestiones II. Octavio y el poder.
Octavio
Me gustaría haceros algunas preguntas ¿Cuál es vuestra definición de poder absoluto y Cuales serían las consecuencias lógicas de dicho poder?
Yo por mi parte contesto a las dos, para mí el poder absoluto es no tener que responder ante nadie “Solo respondo ante Dios y ante la historia” –Franco- o incluso, ni ante Dios “Condenadme, no importa. La historia me absolverá” – Fidel Castro- y en cuanto a sus consecuencias, me remito a Lord Aston “El poder tiende a corromper y el poder absoluto corrompe absolutamente.”
Evidentemente las dos preguntas tienen su intencionalidad y relacionadas con una tercera pregunta relacionada con la actualidad y la literalidad del siguiente artículo de la constitución.
Artículo 56 .3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65,2.
Pregunta ¿Es esto una muestra de poder absoluto, y si la respuesta es afirmativa, podemos descartar que, en este caso, el poder absoluto tiende a corromper absolutamente?
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Nota (pm): El título es mío.