Marod sobre la libertad de expresión de los etarras
Ya sabéis que una vez que consigo vencer mi pereza, me pongo a escribir en plan avalancha. Así que vomito esto después de un tiempo de darle vueltas.
Se trata de la noticia http://www.abc.es/espana/20140423/abci-arraiz-terrorismo-absuelto-sortu-201404231315.html (pongo el enlace de ABC para evitar cualquier suspicacia)
Digo que le he dado vueltas, porque es un tema muy hablado en este sitio y nada más lejos de mi intención que ser plomo, pero es que me parece un buen ejemplo de las tremenda dificultad que tiene la vertiente penal y censora de estos aspectos.
A pesar de que he buscado el auto de su señoría Iriarte, no he podido hallarlo por ningún rincón virtual. Pero bueno, con los fragmentos me hago una idea.
Y la dificultad se muestra en todo su esplendor con unas declaraciones tan escandalosas como las que en su día hizo Hasier acerca de que no se arrepentían de haber tomado el camino que tomaron hace 35 años. En clara alusión a la posición que adoptó HB en contra de la CE y a favor de mantener la lucha armada.
Dice su señoría en el auto de sobreseimiento (cabe recurso, no está todo el pescado vendido) que son ambiguas y desafortunadas. Y nos ha jodido que son desafortunadas… a lo mejor no tan ambiguas. Cierto es que el tal Hasier matizó sus afirmaciones diciendo que eran una valoración política del conjunto de la izquierda abertzale acerca de su decisión de mantenerse fuera del sistema y seguir reclamando los derechos del pueblo vasco (se le olvida a Hasier la forma que decidieron emprender para defenderlos).
Sin embargo, digo, a pesar de todo ello hay elementos suficientes para aplicar un in dubio pro reo. Y es esa matización alegando expresamente que en ningún momento pretendió hacer ensalzamiento del terrorismo etarra (recordemos que no había propaganda etarra en el acto donde realizó tales declaraciones) y que fueron respuestas espontáneas a dos preguntas realizadas en turno de intervenciones tras el acto. No parece pues, haber el necesario proceso de preparación de tales afirmaciones (también da que pensar lo que opina el muchacho cuando no lo asesoran sus abogados).
Dice su señoría que no podemos entrar en la psique del individuo, y que el delito de enaltecimiento es “especialmente doloso” (o sea que tiene que haber una intención clarísima del sujeto de cometer el hecho típico). Y tiene razón su señoría, porque hablamos de un derecho fundamental (ísimo) que no es otro que el de la libertad de pensamiento y expresión. Recuerda el juez que la ideología no está perseguida, y a veces – añado – es demasiado fácil confundir o fusionar ideología y asesinatos (aunque vayan tan de la mano, en ocasiones).
Cuando amenazamos con la coacción del Estado a emitir una opinión, debemos ser muy cautos, extremadamente cautos a la hora de limitar ese derecho (de concederle al Estado un gran poder).
Es muy complejo, porque a pesar de que tenga razón su señoría, también es cierto que se le olvida que el hecho de alegar que era una valoración política, no resta verdad al hecho de que hace 35 años, “aquella política” era fundamentalmente pegarle tiros en la nuca y poner coches bomba. Es difícil disociarlo.
¿Qué prefiero personalmente? ¿Que el poder judicial – actuando como contrapeso – haga una interpretación muy restrictiva de esa facultad legal, o que un fulano tenga la posibilidad de hacer una velada exaltación del pasado terrorista de un espectro político y después desdecirse?
Pues personalmente prefiero que el poder judicial actúe como contrapeso – aunque a veces pueda pecar por exceso de celo (como este caso) – a que tengamos unos jueces timoratos a la hora de defender las libertades públicas
Jodidos abogados ;-)