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Manera de sumarse (gratis) al recurso de amparo de ciudadanos por su cuenta contra el Parlamento de Cataluña

Hay dos formas.

Para rellenar, copiar y pegar en la web del Defensor del Pueblo, usar este (más corto)

La versión larga, más completa, para mandar por correo, o incluir en la web como documento adjunto (recomiendo)  es esta: Es lo mismo que está reflejado más abajo.

Actualización:

Carlota Says: febrero 26, 2013 at 2:40 pm e

yo he ido a la página web del defensor, he cubierto el formulario de queja y aclarado en el espacio para el texto que adjuntaba un archivo con el asunto. Y allá va

--

Del equipo técnico habitual:

La idea es la siguiente; utilizar la fundamentación material del recurso de amparo para solicitar a la Defensora del pueblo que , o bien presente recurso de Amparo o  mejor aún se adhiera al nuestro.

Seria algo mas o menos así…” Habiendo tenido constancia del recurso numero tal…y estando de acuerdo con él , solicito que….”

Es más  , esta petición se puede hacer on line en la pagina Web del Defensor del pueblo, y es , como no podía ser menos , gratuita.

Ejemplo para copiar, rellenar, y mandar, vía web:

AL DEFENSOR DEL PUEBLO

         Don ………………  con DNI…. y con domicilio en .... como mejor proceda  en derecho, EXPONE:

I:_Que ha tenido constancia através de la pagina /2013/02/14/ciudadanos-desconocidos-acuden-en-amparo-ante-el-tc-contra-el-parlamento-de-cataluna/  de la presentación del Recurso de Amparo numero 858/2013, seguido ante la Sala Primera, Sección primera del Tribunal Constitucional.

II.- Que dicho recurso tiene su base en los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

HECHOS

 

PRIMERO.-  El parlamento de Cataluña ha aprobado en sesión de 23 de enero de 2013 la siguiente Resolución de Soberanía y del derecho a decidir del pueblo de Cataluña, la cual se ha publicado en el Boletín oficial del Parlamento de Cataluña, en fecha 24 de enero de 2013.

BUTLLETÍ OFICIAL DEL PARLAMENT DE CATALUNYA

X legislatura Número 13

Segon període 24 de gener de 2013

1.10. Resolucions

Resolució 5/X del Parlament de Catalunya, per la

qual s’aprova la Declaració de sobirania i del dret a decidir

del poble de Catalunya

SEGUNDO.- Obviando los posibles errores históricos incluidos en el preámbulo (interesante como el historiador Cesar Vidal lo rebate punto por punto en este enlace y centrándonos solo en lo estrictamente jurídico, con carácter previo recordar, que los grupos parlamentarios de Cs y PP  plantearon recurso (ante la mesa del parlamento regional) contra la declaración soberanista , recurso que fue rechazado.

TERCERO.- La Constitución Española garantiza el derecho de los recurrentes a participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal,  por lo que por medio del presente recurso demandan el reconocimiento del mismo,  máxime cuando lo que se  discute es la soberanía de la nación española.

El recurso se fundamenta en base al siguiente argumento:

 El derecho  cuya lesión se denuncia es el previsto en el  artículo 23.1 en su relación con los artículos 1.2, 9.1, 14 y 149.1.1ª de la Constitución Española.

         Los ciudadanos españoles que residen en Cataluña son quienes conforman el “pueblo de Cataluña” (Art. 7 del Estatuto de Cataluña) y quienes en virtud de su Estatuto (Art. 2 del Estatuto de Cataluña), fundamentado entre otros, de los principios de autonomía y competencia (Art. 3 del E estatuto de Cataluña y  Art.2 de la Constitución Española) gozan de autogobierno.

Es el mismo derecho que tiene cualquier otro ciudadano español en cualquier otro lugar de España , porque los principios de Autonomía y competencia no han creado diecisiete soberanías distintas , sino que se ha parcelado determinados ámbitos territoriales de decisión pero la Soberanía Nacional es única y residen en el Pueblo Español (Art. 1.2 de la Constitución Española).

La parcelación de los ámbitos de decisión implica que la participación de los ciudadanos en la política se pueda circunscribir a los ciudadanos españoles residentes en esos territorios en las materias que no trasciendan de él. Pero cuando la materia trasciende de las competencias estatutarias, el ámbito donde se desarrolla la participación ciudadana es el conjunto del Estado.

La declaración del Parlamento de Cataluña supera los límites estatutarios, pues al inventarse una “supuesta” soberanía del pueblo Cataluña niega la (real) soberanía Española e intenta fraccionarla.  El Parlamento de Cataluña está sometido como cualquier ciudadano, a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico (Art. 9.1 de la Constitución Española) y la competencia que garantiza la igualdad en  el ejercicio del derecho fundamental de participación  es de carácter exclusivamente estatal (Art. 149.1.1º de la Constitución Española).

Así lo justifica la STC de 11-09-08 nº 103/2008 de 10 de octubre de 2008, rec. 5707/2008 .

A mayor abundamiento y como ha dejado señalado D. Francesc de Carreras, Catedrático de Derecho Constitucional de la UAB, en el diario digital LAVANGUARDIA.COM.

” ..el parlament de Catalunya es un poder público. En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto, no tiene libertad para actuar como quiera sino solo dentro del ámbito de competencias establecidas en la ley…

En efecto, la declaración de soberanía aprobada establece que la soberanía reside en el pueblo de Catalunya, dado que es un “sujeto político y jurídico soberano”, mientras que la Constitución establece, en el apartado 2 de su artículo 1, que la soberanía reside en el pueblo español. El Parlament no aprueba esta declaración tan inconstitucional en forma de ley, ciertamente, sino en una resolución sin valor de ley, pero mediante un acto parlamentario formal, regulado en los artículos 145 y 146 del reglamento de la Cámara catalana y, por tanto, sujeto a los límites que el derecho establece.”  En realidad, estamos ante una reforma constitucional encubierta que niega al sujeto constituyente y constituido legítimo, el pueblo Español en su conjunto y a los ciudadanos españoles individualmente considerados (Art 23.1 de la Constitución Española), su derecho a participar y decidir, en tal proceso constituyente, en flagrante vulneración del derecho de participación.

La vulneración del derecho participación provoca la quiebra de la igualdad de todos  españoles ante la ley reconocida en el  art.14 de la Constitución Española, por discriminar a los ciudadanos no residentes en Cataluña a los que se les impide el derecho a decidir cómo debe ser su Nación en el futuro.

III.- Que el que suscribe comparte plenamente la argumentación del mencionado recurso, considerando vulnerado también  mi derecho fundamental de participación (Art. 23.1 CE).

IV.- Por dichos motivos SOLICITO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO que tras el estudio pertinente de la solicitud formulada por esta parte, bien interponga recurso inconstitucionalidad contra la resolución del Parlamento de Cataluña o bien se adhiera al recurso de amparo número  858/2013, que se está tramitando en la Sala Primera, sección Primera del Tribunal Constitucional.

Por lo expuesto,

SOLICITO AL DEFENSOR DEL PUEBLO.-Que habiendo por presentado este escrito se admita, y en su virtud y teniendo en cuenta lo manifestado en el cuerpo del mismo,  ante la vulneración a mi derecho de participación, bien presente oportuno recurso de inconstitucionalidad, bien se adhiera al recurso de amparo señalado número 858/2013.

Fdo.


  • Jose Maria 2013-02-26 12:54:17
    Pues yo he pegado el texto reducido y medice la pagina web del Defensor del pueblo que tiene mas de 4.000 caracteres y no me deja.
    • plazaeme 2013-02-26 12:57:38
      ¡Joé, qué desastre! Yo no lo he hecho todavía, pero mirando en el documento de Word veo que tiene 3.517 caracteres sin espacios, pero 4.156 con espacios.
      • Al 2013-02-26 13:40:52
        Sugeriría empezar el hijo de nuevo, corrigiendo la cuestión del puñetero número de espacios. Es que se está liando. 🙂
  • Juan Espino 2013-02-25 18:26:48
    Hay un problema. El texto a enviar tiene más de los 4.000 caracteres que admite la página del defensor del pueblo. Esta noche se acortará el texto. Mientras, se pueden bajar este texto: https://docs.google.com/file/d/0B1tK-t3Kp8i8YzNfUnMwbEY5NFE/edit?usp=sharing y subirlo a la web del Defensor como documento adjunto, colocando en el lugar para los motivos, algo como esto: "Los motivas de la queja está expuestos en el documento "DANDEFENSOR.doc" adjunto a éste."
  • Maleni 2013-02-26 20:22:28
    ¿Y no creéis que lo ocurrido en Italia haga que alguno coja ésta iniciativa y diga: cosas como estas nos parecen interesantes para defender?. Se me ocurre alguien como Esperanza Aguirre. No es que la mujer tenga mucho caché en el PP pero para hacer su propia campaña electoral y apañar unos cuantos voticos...
  • Al 2013-02-25 17:17:36
    Gracias a los tres, "Equipo Ha". Sois un lujo.
  • Cándido 2013-02-25 14:13:20
    Respetado Plazaeme: muy buena idea. Gracias
    • plazaeme 2013-02-25 14:21:11
      Gracias a ti, Cándido. Sin embargo me veo en la obligación de precisar dos cosas. La idea no es mía, sino del equipo habitual. Y, aunque me parece estupendo que me respetes (un orgullo), en realidad de respetable tengo muy poco. Ya me irás conociendo 😉 ... espero.
      • viejecita 2013-02-25 15:48:34
        Cándido No le hagas ni caso; Plazaeme es un adversario de muchísimo respeto. ( Otra cosa es que no vaya con chistera y frac por la vida... )
  • Jose Maria 2013-02-25 14:02:55
    Biennnn
  • viejecita 2013-02-25 13:47:31
    Estupendo Muchas Gracias
  • octavio 2013-02-26 09:16:33
    Esta tarde , las redes sociales hervirán con la noticia de si el PSC vota a favor de la declaración soberanista o no. Muchos se rasgaran las vestiduras en Factbook , Twitter o blogs acusando a los nacionalistas de traidores o al gobierno de inactividad , ¡ es tan fácil criticar desde un teclado ¡, pues bien , algunos hemos pasado a la acción, algunos creen , equivocados o no, de que ha llegado el momento de asumir riesgos y luchar por lo que creemos. Piensa , en que lado estas…si en el de los que pian o en el de los que hacen. Si eres de estos ultimo y no sabes que hacer , aquí tienes una herramienta.
  • Jose Maria 2013-03-01 09:18:45
    Pues el mio dice: su envio ha sido registrado satisfactoriamente con el numero de registro 13014092 y con fecha 26./02/2013.
  • navarth 2013-02-27 19:49:39
    Ya hay uno más: Su envío ha sido registrado satisfactoriamente con el número de registro 13014473 y con fecha 27/02/2013. Saludos
  • Al 2013-02-27 10:24:06
    De la web del defensor del pueblo; Su envío ha sido registrado satisfactoriamente con el número de registro 13014232 y con fecha 27/02/2013.
    • octavio 2013-02-27 10:35:13
      Si esto fueran los facebuses ...pulsaria "me gusta".
  • plazaeme 2013-02-27 10:56:01
    La declaración de soberanía del Parlamento de Cataluña lesiona mis (nuestros) derechos de participación política recogidos en la Constitución Española (art 23.1). El recurso de amparo es la vía para la la defensa de los derechos y libertades recogidos en la artículos 14 - 29 CE. Solicito del Defensor del Pueblo acuda a la vía del recurso de amparo. Adjunto argumentación jurídica. Alternativamente, puede adherirse al recurso de amparo número 858/2013, que se está tramitando en la Sala Primera, sección Primera del Tribunal Constitucional. ------------ Su envío ha sido registrado satisfactoriamente con el número de registro 13014241 y con fecha 27/02/2013. Si desea resguardo de su envío pulse AQUÍ . ------------- Acuse de recibo guardado. ------------ ¡Joé!, no entiendo por qué la gente tenía problemas.
    • octavio 2013-02-27 16:51:31
      Livia me ha sorprendido y mientras que prepara un postre con higos y pasas , ha decidido presentar el suyo... es un cuatrocientos cuarenta y tantos... si de los doscientos de diferencia , veinte fueran sobre la materia... no andaría mal la cosa. ( y para fetichistas de la historia...el justificante queda majete)
  • Carlota 2013-02-26 11:04:14
    Pues me uno a la espera del texto reducido a los 4.000 caracteres. Felicito a los promotores. Y les doy las gracias.
    • plazaeme 2013-02-26 11:07:55
      ¡Vaya!, me he expresado mal. Disculpas. El texto reducido están en la actualización 2ª. Pongo enlace: /media/2013/02/supereducido.doc
      • Carlota 2013-02-26 11:33:16
        Muchas gracias, Don plaza. Vamos allá.
  • Jose Maria 2013-02-26 16:49:58
    Jiji, pues yo lo habia enviado por mail y ahora por la web dos veces jiji
  • octavio 2013-02-26 16:11:35
    Me notifican que ya pirula el enlace... pero ciertamente se puede utilizar la versión larga adjuntandola como archivo o correo electronico, certificado, buro fax... Agredecimiento de corazon a todo el mundo ...incluso a quienes lo intenten sin esperanza alguna porque se trata de ponerselo dificil a la casta...ganar es otra cosa.
    • Motoko 2013-02-26 23:41:55
      Muchas gracias a vosotros por la iniciativa, y por ponérnoslo tan fácil. Simplemente he pegado el texto supereducidoc que colgó Plazaeme en la actualización 2ª, y no me ha dado ningún problema.
  • Carlota 2013-02-26 14:40:15
    yo he ido a la página web del defensor, he cubierto el formulario de queja y aclarado en el espacio para el texto que adjuntaba un archivo con el asunto. Y allá va
  • viejecita 2013-02-26 15:16:40
    Me parece estupendo lo que ha hecho Carlota Esta mañana, he estado en el despacho de mi hermano, que tiene firma digital, pero que no conseguía meter el documento adjunto, porque decía que no había un lugar donde ponerlo ( Carlota sí lo ha encontrado ). Al final, ha tirado por la calle de en medio : lo ha imprimido todo, lo ha firmado con su pluma superferolítica, ( es arquitecto, y esos detalles los cuida mucho ), y lo ha mandado por correo certificado. (Hay una oficina de Correos a dos pasos , y sólo es un poquito más caro que una carta normal... ) Así que: No digáis que no habéis podido. Porque poder, se puede. Con que digáis que no os ha apetecido, porque pensabais que no iba a servir de nada, y que era mucho trabajo desperdiciado, se os comprende perfectamente. Estáis en vuestro derecho ¡¡¡ Que caramba !!! Pero, Ya Siento, no os habréis ganado el apelativo de Insensatos...
  • plazaeme 2013-02-26 15:25:30
    Yo creo que también se puede mandar por email. registro@defensordelpueblo.es Esta noche pruebo.
  • octavio 2013-04-09 20:32:49
    Se agota el plazo para oponerte al pasteleo que se está perjeñando ( o que los pobres ilusos del PPSOE quisieran que se produjera). http://www.intereconomia.com/noticias-gaceta/cataluna/tc-pregunta-generalitat-sobre-declaracion-soberania-20130409
    • Jose Maria 2013-04-10 09:36:43
      Pues, seguro que ellos trataran de hacer un pasteleo, como siempre. Lo que pasa es que en Cataluña, han soltado los "fantasmas" y seguro que hay algunos que no van a parar (vease por ejemplo ERC)