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Original: http://plazamoyua.com/2014/12/10/tranquilo-urdanga-que-veinte-anos-no-es-nada/

2014-12-10 - publicado por: plazaeme

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Tranquilo Urdanga, que veinte años no es nada

Marod

Buenos días amigos y amigas, voy a desbarrar un ratito (no mucho) sobre el caso Noos (Noos forramos, que dicen que dijo el Rey Felipe VI cuando le pidieron opinión).

Lo que pasa que los que ya me conocéis, ya os imagináis que voy a tratar otros aspectos más allá del clásico morbo de “no hay pan para tanto chorizo” y esas cosas.

Una vez más, voy a tratar de dejar en corto y a la vista dónde realmente pervierte el gobierno a la justicia y a la tan denostada separación de poderes.

Pedro Horrach es el fiscal anticorrupción de Palma. Su jefe es Tomás Barceló. Y el Jefe de Tomás es el amigo Torres-Dulce. Y Torres-Dulce, a pesar de proclamar a los 4 vientos la independencia del ministerio fiscal, le debe su puesto al gobierno, y su jefe - de facto- es el Ministro de Justicia.... y el jefe del ministro es Mariano.

Date tú que Mariano despacha con SAR a menudo y date tú que SAR es el jefe del Estado (formalmente, pero ser, ser… lo es).

Estas tenemos. Pues el Fiscal dice que no hay pruebas objetivas contra la infanta en su escrito de calificación… eso sí contra Urdanga, Torres y la “costilla” de éste hay pruebas suficientes como para encalomarles 20 añitos a la sombra.

Ya os comenté en cierta ocasión la vinculación que supone al juez el título de condena y la acusación. Sin acusación no hay condena. El juez no podrá hacer nada de nada de nada de nada contra Dª Cristina.

Bien, en una causa penal puede haber tres tipos de acusación:

- Pública: la que ejerce el Fiscal en defensa de la legalidad y el estado de derecho

- Particular: la que ejerce el directamente ofendido por el delito. La familia del muerto, el robado, el calumniado, etc.

- Popular: Se basa en un par de "tonterías" que a algún "descerebrado" se le ocurrió meter en la CE.

Por un lado "Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los Jueces y Tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que en ningún caso pueda producirse indefensión" y por otro "Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine, así como en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales." Artículo 24 y 125 respectivamente.

Y mira tú, ¿En qué estarían pensando estos próceres de la democracia, que no se les ocurre otra cosa que incluir el art.24 (TJE) en los denominados Derechos Fundamentales? Ahora hay que hacer una gimnasia tremenda para desvirtuarlos.

Y ¿cómo hicieron esa gimnasia? Con una cosa que se llama la doctrina Botín. La doctrina Botín consiste básicamente en negar la posibilidad de acusación popular cuando la materia del delito sean intereses particulares y cuando tanto fiscalía como acusación particular coincidan en no acusar.

¡Carambola! porque “Noos” lesiona intereses particulares (ja ja ja ja) y el Fiscal Horrach no está por la labor.

¿Qué nos queda? la acusación particular de esos “intereses particulares”… que es….. (redoble de tambor)… La hacienda pública, o sea el abogado del estado.

¿En serio? ¿What the fuck? Y no me digas que el abogado del estado tampoco aprecia pruebas objetivas de que la infanta haya participado en la trama. Nooo, no puede ser… ¡Qué raro!. Oye si los dos coinciden será verdad, ¿no?.

¡Hala, a joderse esos fachas de Manos Limpias! no vaya a ser que el Juez que conozca la fase de enjuiciamiento le de por ser independiente (que este sí puede) y nos forme la marimorena.

Si el juez Castro encaja la “doctrina Botín” (habría que mirar la jurisprudencia), su colega que conozca la causa de enjuiciamiento nada podrá resolver contra la infanta que ni siquiera será imputada.

Nos queda ver de qué pasta son los cojones del Sr. Castro. Él puede.

Y a nosotros nos queda el careto de “pasmo” al comprobar que lo que dice el artículo 24 se lo pasa por el forro tanta gente;

  • El fiscal anticorrupción, que dice que no hay pruebas objetivas, y que cree que el “pueblo” no puede personarse en la causa porque no hay intereses generales lesionados y tiene que ser lo que diga él. Oiga, es que el artículo 24 dice que tengo derecho a defender mis intereses legítimos delante de un juez. ¡Ud. se calla, que de esto no tiene ni puta idea, coño!

  • El Tribunal Supremo, que dice que si no hay interés general, sólo vale lo que diga el Fiscal y la acusación particular. ¡Hostia! yo sólo conozco un tipo de delitos en los que no hay interés general: los delitos privados (los relativos al honor). ¿No hay interés general lesionado en un robo - en cualquier robo - a toda la sociedad? No jodas.

Si el Juez Castro hace caso a su amigo Horrach, habrá ganado El Estado. Quizá sea lo mejor. Razones de Estado.


  • plazaeme 2014-12-13 11:02:14
    Posiblemente esto es algo que se os escapa hasta a los letrados. La Familia Real -y por tanto, Cris- tiene un Registro Civil especial. Que se llama, muy convenientemente, Registro del Estado Civil de la Familia Real de España (Decreto-ley 17/1975, de 20 de noviembre). ¡Ah, y es secreto! Todo el artículo tiene guasa, y merece la pena: https://elotroblogdeveronicadelcarpio.wordpress.com/2014/12/10/infanta/
  • Marod 2014-12-11 16:17:30
    "Esa es una de mis obsesiones. No sé si dices que no puede serlo por las circunstancias del albañal español, o porque no puede serlo según las leyes de la naturaleza. Si dices lo segundo, no estoy de acuerdo." A mí me parecen problemas independientes, mejor dicho interdependientes. Obviamente, uno diseña un sistema que -sobre el papel abstracto de la pura teoría- es inmaculado. Tiene razón Octavio cuando dice que el principio jerárquico no tiene necesariamente que estar reñido con el de independencia y objetividad. A fin de cuentas les somete la ley. Es su límite, su guía y su dueña. No recuerdo con exactitud -ni me apetece consultarlo ahora- pero me suena que esa especie de "cuarto turno" de acceso a la judicatura vía "jurista de reconocido prestigio" fue introducido a finales de los 80. Y es una muestra de como -el gobierno González en este caso- diseña algo teóricamente "inocente", que en la práctica real se convierte en un "dedazo" de cojones. Y ese es un problema, el que tú llamas "albañal español", que nuestra tendencia natural es a ser acomodaticios con el poder (ya emane éste de nuestro jefe, de nuestra sociedad, de nuestra iglesia o de dónde sea). Son contados los individuos que se mantienen firmes en una creencia (o certeza) contra "viento y marea", contra el viento de las veladas alusiones de tus jefes, de los artículos incendiarios de la prensa, de los corrillos de tus propios compañeros de trabajo y contra la marea de tener que lidiar con gramo de terreno del que te niegues a moverte. Y además funciona en las dos direcciones. Ni los subordinados suelen querer crearse problemas con sus jefes, ni los jefes desean tener subordinados "tocapelotas". Resulta pues que eso tan bonito que uno había diseñado en el sistema se corrompe, y dónde ponía "jurista de reconocido prestigio" en la realidad pone "Turista de sabida obediencia". El otro problema son las leyes. Si las que regulan la función judicial pusieron especial empeño en garantizar la independencia y objetividad de los jueces y ni con esas consiguen al 100% su objetivo (por la propia autocensura del juez, y porque por las pequeñas rendijas se siguen colando las injerencias políticas vía premios, destinos, ascensos, etc).... imagínate que no pasará en el resto de funcionarios que no tienen ni por el forro las garantías de la judicatura. La interrelación se produce atendiendo a que si ya de forma "natural" presentamos tendencia a ser sumisos (somos gregarios), esa conducta aumenta exponencialmente si no introducimos garantías legales que permitan la conducta contraria. Por eso digo que el juez puede ser independiente (si le echa cojones y pasa de monsergas) porque es difícil removerle, trasladarle o desautorizarle. Normalmente acaban buscándole "mierda" (y eso entronca con el tema Snowden que comentamos el otro día. Ciertamente peligroso). El funcionario no puede. Salvo que sea un auténtico héroe dispuesto al sacrificio como un "prota" de película americana, no podrá. Y si lo intenta, lo apartan del caso y a correr, sin falta de justificar que si el derecho a la tutela, al juez natural y ordinario y bla bla bla. El problema al que nos enfrentamos tiene calado. Porque las funciones de los funcionarios (valga redundancia) no son otra cosa sino la expresión del poder Ejecutivo. Y como el poder ejecutivo lo hacemos emanar del "Pueblo"... volvemos al eterno problema. Que dependemos del buen hacer de los políticos. Antiguamente, si el monarca absoluto era un tipo honrado, cabal e inteligente... así era su administración. Hasta que se moría, o lo mataban, y todo Dios a temblar a ver quien tocaba en suerte ;-) Y la política no es ciencia. Me refiero a que si tu pones a un ingeniero inútil al frente de BOING que se rodea de una panda de "trepas" advenedizos y se uniesen unos procedimientos internos de empresa mal hechos podría pasar algo así: - Chicos, he decidido que tenemos que recortar gastos de operación porque nuestro margen de beneficio se reduce alarmantemente. Había pensado en eliminar las cenas a base de marisco y los desplazamientos en limousina... pero he pensado mejor que vamos a fabricar las alas de plático que es mucho más barato que el aluminio. -¡Bravísimo Sr.!, ¡Qué mente privilegiada la suya! Resultado: el avión no vuela. La física se encarga de mandarlos a la mierda. Los votantes no somos física, y ni siquiera nos damos cuenta de que el avión no vuela, de que estamos cayendoooooooo ;-)
    • plazaeme 2014-12-11 16:52:49
      Tienes varios problemas, Marod. Y en uno has apuntado la solución, sin verla. - Ni los subordinados suelen querer crearse problemas con sus jefes, ni los jefes desean tener subordinados "tocapelotas". A huevo. Que el político no sea el jefe del funcionario jefe, y que el funcionario jefe no decida sobre la carrera del funcionario tocapelotas. No sea el jefe quiere decir que le puede marcar una política, pero no cómo llevarla a cabo. Por ejemplo, puede decirle que hay que disminuir los delitos de tal índole, y poner más medios en ellos. No puede decirle: me investigas a fulanito, me lo vuelves del revés, y me dices lo que hay. Tiene que tener algún delito. Otro problema es la legulo-manía. Esa idea de que pensamos, parimos una norma, y arregalmos el mundo. Una idea muy latina que nos ahorra mirar el mundo y ver cómo funciona. Y luego el plan se jode, claro. pero es mucho mejor mirar dónde están los funcionarios menos colonizados por el ejecutivo, y probar a ver cuáles de sus características han conducido al resustado deseado. Otro problema es conceptual. - Porque las funciones de los funcionarios (valga redundancia) no son otra cosa sino la expresión del poder Ejecutivo. Los cojones. La misión del funcionario es la marcha del estado. Le puede decir el ejecutivo que mejor por aqui que por allí. Ese es el "poder" del ejecutivo. Pero no más. El estado es asunto del funcionario, y es más importante que lo que cojones quiera ejecutar el ejecutivo. El funcionario en realidad es más importante. Va a seguir cuidando de la marcha del estado cuando el político deja su sitio y ya no es nadie. Te han jamado el tarro. Con esa pamema de que el pueblo es soberano (ja, ja), sus representantes son los ángeles, y la "decisión política" de esos representantes es Dios. Hay que darle la vuelta a esa majadería, porque lleva a donde estamos. Hay que pensar y tener claro: Los representantes son personas, y las personas son venales, mentirosas, cobardes, malajes, ladronas, aprovechadas; y en general un primor. Los funcionarios también son personas, evidentemente. Pero si haces que su promoción o castigo no dependa del que le marca qué hacer, evitas una tentación de contubernio que no se le puede pedir a nadie que la supere. Es pedir demasiado.
      • Marod 2014-12-11 17:45:21
        Pues por eso digo que es un problema de calado. Por enquistamiento. Porque para implementar esas garantías que señalas (y todas las que quieras) necesitas leyes. Leyes que hacen políticos que no apuestan por esa "regeneración", sino por todo lo contrario. Es un rollo tautológico a modo pescadilla que se muerde la cola. Un puñetero círculo vicioso del que no tenemos cojones a salir. Al final, mal que te pese, necesitas leyes que lo garanticen. Fíjate en el proceso penal, a buen seguro el proceso más garantista de todos por sus especiales consecuencias (la coacción del Estado) Las fases de instrucción y enjuiciamiento tienen que conocerse por jueces distintos. Para garantizar que el juez que ha conocido la instrucción no llegue "contaminado" a la fase en la que toca condenar o absolver. La contradicción sustancia el proceso. Nadie puede ser condenado sin acusación y defensa Non bis idem, no se puede juzgar a un fulano dos veces por la misma cosa Habeas corpus, o formalizas apertura penal delante de un juez, o no puedes retener a un fulano más de 24 horas (72 en casos excepcionales) Y un sinfin más Al final te queda que se dificulta muchísimo que pueda haber condenas indebidas... al contrario es bastante más fácil que un posible culpable se vaya de rositas, que un inocente sea condenado. Un proceso de este tipo (garantista al extremo, digo), pongamos en el procedimiento de contratación administrativo sería el terror del corrupto. Lo jodería vivo. Pero necesitamos a alguien que lo haga. ¿Quien? El legislativo. Bufff ya la hemos cagado. Otra hostia contra la ventana. Yo creo que no tiene solución... al menos yo no se la veo
      • plazaeme 2014-12-11 19:22:26
        El ejemplo más claro y llamativo que conozco no necesitó ninguna ley. Lo he puesto mil veces. La idea del "secretario permanente" de los ministerios británicos. Es el fucionario principal y jefe de los funcionarios del ministerio. También es responsable del dinero que se usa. Es él el que responde al parlamento de su gasto, no el ministro. Por ejemplo, cuando las joyas de regalo de Corcuera, o los mil casos de fondos resevados, nadie le puede pedir cuantas al ministro, aunque sea él el que ha ordenado el gasto. Se las piden al capo funcionarios. Así que ya puede decir misa el ministro, que ni joyitas, ni leches. Para más inri, al SP le suelen nombrar "Lord" antes de acceder al cargo. Los ministros muy raramente lo son. Así que cuando el minsitro le tiene que dar una orden a "Lord X", y llamarle "Lord X", ya está en una situación psicológica de cierto respeto y cuidadito. La no-ley. En 1830 cambió el gobierno, pero mantuvieron al Secretario del Almirantazgo -- contra lo que se hacía siempre. Y le empezaron a llamar, de broma, "Secretario Permanente". Porque había "permanecido". Pero algunos se dieron cuenta de la importancia de la jugada. ¡Coño, un secretario a-partidista, que mira por la flota y no por el partido! ¿No es una buena idea? Desde entonces, en el Reino Unido hay la costumbre de que no cambiar el escalafón superior de funcionarios cuando cambia el gobierno. En España seguimos cambiando hasta a los jefes de las comisarías de policía importantes. Por no hablar de todos esos miles de "cargos de confianza" inventados para saltarse el escalafón, o directamente saltarse a los funcionarios. No, no es un problema de ley. A la ley se le buscará la vuelta. Por ejemplo con los "cargos de confianza", o con lo que haga falta inventar. Es un problema de educación, cultura y sensibilidad. Y de vergüenza. Esa moral que crees que no sirve para nada, pero que hace que la función pública en el Reino Unido no tenga nada que ver con la de España. Sin ley.
  • Marod 2014-12-10 17:44:26
    :-) Plaza, si yo las dejo caer muy despacito... ni duelen ni nada. Sí, bueno arreglarías el Prostitucional y crearías la Sala Prostitucional del TS. ¿Cómo era aquello de las mates? ¿más por menos, menos no? :-) Octavio, se recusa... manda webs. Si de lo menos es hablar de la realeza, y sí del Ministerio Fiscal. De que mientras siga así planteado podéis plantear todas las ideas chupiguays sobre el poder judicial... que seguiréis topando con la Iglesia...amigo Sancho. Pero bueno ya que le metí un soplamocos cariñoso a uno, seré equánime. Porque es raro que se recuse ud. mi estimado colega, ya que según sus propias tesis la monarquía parlamentaria es legítimamente democrática (vamos que cumple todo eso de egalité, liberté y bla bla bla) porque... ¿Cómo era aquello que sostenía mi admirado colega? ¡Ah, sí! porque viene en la Constitución. Monarquía Parlamentaria.... pues sí que...vivir para ver! ;-)
    • plazaeme 2014-12-10 17:48:07
      -TS. ¿Cómo era aquello de las mates? ¿más por menos, menos no? :-) Nein. Peras con manzanas. Nadie dice que una Sala Constitucional del Supremo tenga un sistema de elección diferente del resto del Supremo. Para eso no lo haces.
      • plazaeme 2014-12-10 20:36:22
        Uno que a veces suele participar por aquí, aparte de ser abogado tiene una trinca de amigos donde hay unos cuantos jueces de los de nivel. Creo que uno en el Supremo, si no me equivoco. Entró después de lo que voy a contar, creo. Y recuerdo un día, cenando, y hablando del Prostitucional y de la Audiencia Galactica, todos aquellos jueces de la cena convenían en que ambas eran unas casas de putas en las que nadie con decoro debería de entrar. Y que el nivel de una sentencia del Supremo era otro mundo aparte. Siempre. Si eso es cierto, eso ya me parece una diferencia notable. En esto las formas importan un huevo. Y no es lo mismo el Legislativo y el Ejecutivo eligiendo a pachas a los jueces que les pueden juzgar, que con un salto en un eslabón intermedio. A veces se suelta un Aragón. Y los catedráticos y abogados de "prestigio" (entre la mafia), serán muy capaces de estudiar y criticar una sentencia, pero eso no es lo mismo que juzgar. Ni lo mismo que elaborarla. Ya sabes el viejo dicho: enseñan los que no están capacitados para hacer, y por eso se tienen que dedicar a enseñar. Menos en el Prostitucional. Por algo será. 😉 Y sobre todo, por quitarlo no puede pasar nada malo. Si además pasara algo bueno, para ponerse a bailar. Win - win.
      • octavio 2014-12-11 13:02:09
        Artículo 103 1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho La administración podría ser independiente incluso con el principio de jerarquía de por medio, pero ocurre que en la cúspide de la jerarquía .... Artículo 97 El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.
      • plazaeme 2014-12-11 12:37:52
        - Ni los fiscales, ni la policía judicial, ni los técnicos de Hacienda, ni el abogado del estado... ninguno de estos es independiente, ni puede serlo. Esa es una de mis obsesiones. No sé si dices que no puede ser independiente por las circunstancias del albañal español, o porque no puede serlo según las leyes de la naturaleza. Si dices lo segundo, no estoy de acuerdo. Es muy probable que una independencia absoluta de los funcionarios sea imposible. Pero como siempre, hablamos de grados. Y el de España es espectacular de mierda. La "colonización" de la función pública por parte de los partidos políticos es como de monarquía bananera. Comparando con países un poco más serios, quiero decir. Esta es posiblemente una de las claves de lo que llaman "regeneración". No se trata sólo de la independencia de los jueces. ¡Más quisiéramos! Se trata de la universidad, de la policía, de hacienda (mira lo de la infanta, por ejemplo -- pero mucho más), los ministerios y consejerías autonómicas, todos los mecanismos de control; llega a todas partes. Y es la prueba del nueve de que los partidos que hablan de regeneración no tienen la menor intención de llevarla a cabo. Porque no tienen propuestas a ese respecto. Cero. No parecen verlo como problema, cuando probablemente es la madre de todas las corrupciones. La apropiación del estado por parte de los mamones. Hemos pasado de "el estado soy yo" a "el estado somos nostros".
      • Marod 2014-12-10 17:52:39
        ¿Y quien crees que nombra al Supremo?
      • plazaeme 2014-12-10 18:04:05
        Eso también es algo que hay que mejorar. Pero: - Supremo: CGPJ elige entre los jueces - Prostitucional: El Legislativo, el Ejecutivo, y el CGPJ, entre los turistas que les parezca oportuno. ¿Es bueno el sistema del Supremo? Nein. Es peor el sistema del Prostitucional? Jawhol.
      • Marod 2014-12-10 18:32:13
        "entre los turistas" :-) :-) juristas desgraciao :-) :-) Ya. Bastante similar (igual de efectivo) para o que se pretende. El CGPJ está nombrado por.... los mismos que nombran a los "turistas" Mucha mejora no es...
      • Marod 2014-12-11 10:48:54
        Sí hombre. Al margen de que yo provoque cierto "pique" con la discusión acerca del TC, no voy a negar que el Supremo tiene una mayor capacidad y complejidad técnica. Y que, desde luego, la realidad está bastante alejada de la "asepsia" formal a la que recurro habitualmente. Claro que hay intrigas políticas y vasallaje dentro del Tribunal Constitucional. Y del Supremo también, por desgracia. Y del CGPJ ni te cuento, máxime desde la reforma que introdujo Mariano que lo sujetó aún más. Según cuentan los "mentideros" la razón de la reforma es para "atar en corto" a los jueces ante los desafíos secesionistas que va a tener que afrontar España (más temprano que tarde). Sin embargo, sin tener que abrazar mis asépticas formalistas posiciones, tampoco es realista llegar al paroxismo que alcanzas en tu crítica al poder judicial. El TC es un híbrido jurídico-político, pero porque la Constitución es un documento más político que jurídico. La Constitución la entiende cualquiera que la lea... Ponte a leer la Ley de Enjuiciamiento Civil, y me cuentas. La diferencia es que los jueces pueden ser independientes (los hay), sin embargo los fiscales y los funcionarios no. El caso es que en muchas ocasiones, los jueces necesitan la cooperación de esos funcionarios y eso desvirtúa el papel del juez. Ya os conté una vez, el auto que se emitió -no recuerdo el nombre del juez- al respecto de la "fiesta del matadero" organizada por los radicales abertzales. Al juez se le presentaron dos informes (Ertxaina y Guardia Civil) que aseguraban que no había indicios ni riesgo de que en tal reunión se fuese a cometer algún delito. ¿Qué va a hacer el juez?. Pues se llevó una fiesta de "hostias" por hacer su trabajo. Pepe Castro parece ser un tipo honesto. No se le conocen escándalos, ni filias, fobias o vasallajes políticos. Las "apuestas" se inclinan claramente en que se "va a limpiar el culo" con la pretensión de Horrach de acogerse a la Doctrina Botín. No sabemos si Horrach es honrado o no. Sabemos que obedece, que tiene que obedecer. La actuación del gobierno (los que dependen de él) está orquestada, sigue esa estrategia de librar a la Corona de semejante trance. La primera vez en la historia judicial de España que se ha recurrido una imputación (y en tiempo record) debe el "honor" a Horrach. Pepe Castro imputó a la infanta porque es lo habitual. La imputación es una garantía procesal. Para que el Juez deba escuchar a todo aquel de quien se tenga sospecha que ha podido incurrir en algún delito. Y este, a su vez, pueda personarse con su abogado y comenzar a defenderse en la fase de instrucción (que si tal prueba no procede, que si tal informe no es cierto, etc etc). Si no imputas a alguien y luego pretendes procesarlo le estarías vulnerando su derecho a la defensa... vulnerando no, cagándote en él. El recurso de la imputación lo conoció la AP de Palma y lo admitió a trámite, haciendo otro "hito" de la historia judicial española: la "desimputación" de un sujeto. Inédito hasta el momento. Curiosamente, dicen que el magistrado responsable de la sala recibió una "llamada" del Ministerio de Justicia. ¿Hubo injerencia política? No se sabrá nunca. Lo que hizo la Audiencia de Palma fue darle la razón a Horrach sobre la imputación por tráfico de influencias, pero -con bastante mala baba- abrirle la vía a Pepe Castro de imputar por delitos contra la hacienda pública y malversación. De nuevo, jueces contrariando la estrategia del Ejecutivo. Y se armó la de Dios, y ahora estamos en estas. En un proceso que sin el empeño de buenos funcionarios independientes de la judicatura no se hubiese ventilado jamás de los jamases. Y su empeño no es condenar a la infanta, sino cumplir su función. La de Pepe Castro instruir todas las actuaciones que persiguen un esclarecimiento de los hechos y los responsables detrás de éstos, para que el colega que le suceda en el proceso penal disponga de las máximas evidencias que le faciliten su labor: condenar o absolver. Y ese proceso no se puede sustanciar sin la contradicción (acusación vs defensa). Lo que pretende la fiscalía no es demostrar la inocencia de Dña Cristina (eso no tiene mayor problema, si así lo creen), lo que pretende el fiscalía es "cargarse" el proceso. Y cargárselo de la manera más rastrera y antidemocrática que se te pueda ocurrir. Acallando a la acusación popular - la que trae su origen de la participación del pueblo en los asuntos públicos y asuntos de interés general. La terrible conclusión de esto es que si la independencia de la justicia se hace difícil en la judicatura por las injerencias políticas, es absolutamente inexistente en todas las materias complementarias e inherentes a la misma. Ni los fiscales, ni la policía judicial, ni los técnicos de Hacienda, ni el abogado del estado... ninguno de estos es independiente, ni puede serlo. Ahora, la "bronca" social se la lleva el juez, que es un vendido. Tiene cojones, no deja de ser otra "chinita" más que el Ejecutivo emplea con virulencia contra el tercer poder... ponerles en la picota. Por mi parte, desde la modestia de mi granito de arena: ¡Ánimo Pepe, con dos cojones, sí señor!
    • octavio 2014-12-10 18:04:40
      La doctrina Botín, ¿sería lo mismo si se llamara doctrina López? No, ¿ verdad ?… si fuera doctrina López se podría aplicar a todos los López que en España son, pero al ser doctrina Botín, solo se puede aplicar a Botín , pero de Botín a Borbón hay menos distancia que de Botín a López , por eso , es más fácil que se le aplique a un o una Borbón,. Más fácil de entender, si te tomas unas birritas y das más de 0,60 te pueden encalomar un juicio rápido donde seguro, seguro, que la DGT es más favorable al empure que la AEAT, tanto es así que la fiscalía, defensora de la legalidad y por eso defensora de la doctrina Botín, que forma parte de la legalidad…tanto es así digo, que la fiscalía siempre acusa, aunque no hubieras puesto ningún bien jurídico en peligro concreto salvo el de la seguridad del tráfico de manera genérica. Mucho más fácil aún, y no me refiero a la mujer del socio que bien podría estar empurada por otras cuestiones , pero así …en la práctica diaria con la AEAT o la SS, u otro órgano similar ¿a la señora de cualquier López se la trataría igual que a la señora de Urdanga? Noos ¿verdad? Pues eso, que no siempre las tricoteuses están descaminadas.
      • plazaeme 2014-12-10 20:48:56
        Aunque ya te había entendido desde el principio, este último resumen es mucho más claro. Aunque tiene la ventaja de la explicación previa. Muy buen punto me parece.
      • octavio 2014-12-10 18:15:09
        La fiscalía no nos debería sorprender por defender la legalidad en este caso, así debería ser siempre, y si así debería ser siempre , no nos debería sorprender un fiscal que parezca abogado defensor , porque la legalidad puede estar de parte de la defensa... lo que ocurre es que eso solo ocurre en supuestos de laboratorio, casi nunca en la vida real hasta que es una vida "real" como aquí ocurre o una vida realmente buena , mas que vida ...vidorra, como era en el caso de Botin, la que se ve afectada.
      • Marod 2014-12-10 18:43:45
        Exacto, pero la perversión no viene de la condición de los apellidos con "B" mayúscula (Borbón/Botín) sino de la torsión constitucional que en su día hizo el TS, y que ahora reclama a voz en grito la Fiscalía. Siempre habrá apellidos mayúsculos, de noble origen y colorete azul en sus venas, o infinitos ceros en sus cuentas. Lo que podemos intentar (ejem) es que las leyes no se retuerzan al paso de sus patronímicos. Bueno, y si no lo intentamos, al menos lo señalamos. Por entretenernos, tampoco es cuestión de ser pretencioso ;-) Ya ves que nada he mencionado acerca de la posición del fiscal acerca de su calificación jurídica de la actividad de Dña Cristina. No. Para eso le dejo la libertad y le concedo presunción de buena fe. Ahora, que le "zurro" y bien por tratar de apropiarse de la acción penal en comandita con el abogado del estado (tanto monta, monta tanto) y birlársela a la acusación popular... así "by the face" que diría el inglés. Esto funciona si uno instruye, otro defiende y otro ataca. Y un tercero juzga. Si pretendes amordazar al que ataca, el tercero sobra. Y eso es echarle cara... pero mucha cara. Si el TC es el prostitucional, el MF es Sodoma y Gomorra
  • plazaeme 2014-12-10 11:15:10
    Gracias, Marod. Esto tiene más vueltas que qué. Hay algo con lo que no estoy del todo de acuerdo 😉 - ¡Hostia! yo sólo conozco un tipo de delitos en los que no hay interés general: los delitos privados (los relativos al honor). ¿No hay interés general lesionado en un robo – en cualquier robo – a toda la sociedad? No jodas. Pues sí, jodo. Este caso es muy distinto de un robo entre particulares. Porque, creo, hablamos de dos tipos de "robo". El robo a Hacienda (el dinero de todos), y el robo al presupuesto (el dinero de todos). O sea que no halamos de un "interés general" más o menos teórico o moral; hablamos de la pasta de todos y cada uno de los paganos. Ahora bien, comprendo la "sensibilidad" de pensar que no parece muy serio meter en la cárcel a la hija y hermana de los reyes (emérito y efectivo). Cuando los reyes eran reyes, las metían en monsaterios y cosas así. Pero ahora tenemos esa extraña idea de que los reyes sean al tiempo reyes y chusma. Y hace como raro.
    • Marod 2014-12-10 12:48:07
      Es que es ahí precisamente donde radica la perversión de la justicia. En determinar que si hay "causa particular", la acusación popular se diluye como azucarillo en café ferviente. Los delitos - que es de lo que hablamos, de delitos - se dividen en tres tipos: - Públicos: Aquellos que por interés social (el rollo ese que os cuento a menudo del bien jurídico protegido) tienen obligación de denunciar cualquier españolito de a pie. Es un delito no hacerlo, salvo para ciertos casos por exigibilidad de la conducta (por ejemplo no delatar a tu hijo o a tu mujer) - Semipúblicos: Aquellos que por la naturaleza del puñetero bien jco. protegido necesitan la denuncia del agraviado o del ministerio fiscal. Por ejemplo los relativos a la agresión sexual. - Privados: De nuevo, y dado el carácter personalísimo del bien jurídico protegido (el honor, la intimidad, etc) sólo pueden ser encausados mediando querella de parte (ofendida, claro está) Cualquier robo es considerado un delito público, cuanto más un robo al erario público. Joder, alegar a la doctrina Botín (que no entiendo, porque con esta clásica división ya sabemos en que delitos podemos personarnos como causa) en un caso como este es tener la cara como el cemento armado. O sea, si yo conozco y no denuncio estos tejemanejes me podrían procesar... pero si me quiero personar, entonces no me interesan. ¿En qué quedamos, cojones? El tema de meter en la trena a la pobre infanta, pues se puede discutir y hablar. Yo voy al atentado que supone el criterio torticero y retorcido del Sr. Horrach. Y a que la (in)dependencia del Sr. Horrach está muchísimo más clara que la de cualquier juez. O sea que si queremos ver injerencias políticas en la acción de la justicia ya sabemos por dónde hay que empezar a mirar, y cuál es el "eslabón" más débil. Algo que quizá mucha gente no tiene presente. Durante la instrucción de este caso Noos se descubrió que los Urdanga habían pagado parte del palecete con un "préstamo" que les había concedido su padre ex-rey de España (creo recordar que cerca rondaba el milloncejo de euros). De tal "préstamo" la deudora tan sólo había amortizado unos 100.000. La conclusión era clara, aquel "préstamo" era un fraude de ley, simulando una donación. Ocurre que la fiscalidad de una donación es muy superior a la de un préstamo... con lo cual la Familia Real había defraudado al fisco una buena cantidad (bastante más de lo que se considera delito fiscal). No pasó a mayores porque el delito había prescrito. De no haber prescrito, la infanta se hubiese metido en un problema. Fíjate su padre no. Porque el Rey de España es inimputable. Es cierto que la estabilidad de nuestro modelo de Estado (monarquía parlamentaria) se vería seriamente comprometida si metemos en la cárcel al Rey, así que la inimputabilidad del Rey puede tener una justificación... al menos es discutible. ¿Se debe ampliar esa especial condición a toda la institución de la Corona? Pues no sé. Quizá. Lo que no se puede hacer es retorcer las leyes para que parezca una cosa y luego sea otra diferente. Porque entonces nos cargamos un principio también esencial: la igualdad ante la ley. Porque a pesar de su inimputabilidad, el Rey y yo somos iguales ante la ley. Hay una ley que le reconoce su inimputabilidad y la tenemos que obedecer tanto él como yo. Yo ya sé que al Rey no se le puede meter en la cárcel... no sabía que eso también valía para la infanta.
  • viejecita 2014-12-10 11:52:47
    Pues mira, Marod Y ya sé que no soy letrada, y puedes barrer el suelo conmigo. Pero es que cuando empezáis a discutir Octavio y tú sobre temas legales, a mí me empiezan a hervir las neuronas que me quedan, y ya me quedo K.O. Así que, mientras Octavio no venga... El caso es que Octavio justamente, y un par de insensatos que nos sabíamos perjudicados por la declaración secesionista del Parlament, y nos unimos a él, Octavio, pues, puso un recurso ante el TC, y luego, ante todo Blas... Y no nos admitieron. Que nosotros no éramos quienes. Que solamente eran quienes los Diputados del Congreso. También hubo una petición anterior, para que, con un mínimo de firmas ( 1.500.000 ), pudiera instarse al gobierno a convocar Referendos. Mucha palmadita en la espalda, mucho convite a almorzar en el Congreso, pero NADA. ¿ A santo de qué se va a permitir ahora que tenga efecto una acusación Particular , o una Iniciativa Popular, en plan castigo ejemplarizante contra Doña Cristina ? Que será una tiesa, y una creída, y habrá vivido muy bien de los negocios de su marido, pero que, precisamente por ser quien es, está indefensa ante el afán carnicero de la gente ? Dices : Si el Juez Castro hace caso a su amigo Horrach, habrá ganado El Estado. Quizá sea lo mejor. Razones de Estado. Y de justicia, me parece a mí. Que la justicia tiene que ser igual para todos. Y si le ponen una demanda penal, que sean los del Congreso de los Diputados, que, por lo visto, son los únicos que son quienes. Y que apechuguen ellos con su responsabilidad, de empezar con las tricotosas.... Y conste que lo de haber mandado a la cárcel a la tontaina de La Pantoja, como remedio al cotilleo público ( o como le hayan llamado ) me parece también de vergüenza.
    • Marod 2014-12-10 13:04:27
      Mujer, no se me ocurriría barrer el suelo con nadie, y menos contigo ;-) Trato -pésimamente todo hay que decirlo- de acercaros el Derecho a los más legos. Para que entendamos como funciona esto del Estado... por eso Plaza me dice tan a menudo que sólo veo leyes. Veo leyes aquí y cuando hablo de estas cosas... cuando voy a la playa veo chicas en bikini (pero eso es otra historia ;-) ) El caso de Octavio y vuestro tiene una pequeña diferencia. Vosotros sí tuvísteis la tutela judicial. Mal aplicada porque fue un tribunal quien os mandó a freir monas, alegando -creo recordar- falta de legitimación (que no teníais vela en el entierro). En aquella ocasión, y dándole la razón a Octavio en el fondo, yo sostuve que la resolución no os había causado ninguna lesión o limitación a vuestros derechos fundamentales. En este caso, hablamos de que el Fiscal pretenda quedarse con el monopolio de la acusación, birlándole al tribunal que va a juzgar el caso (una vez que termine la instrucción) la posibilidad de valorar la comisión de varios delitos por parte de la infanta. Y no hablamos de la lesión más o menos efectiva de vuestro a derecho de participar en la cosa política. Hablamos de enjuiciar delitos, hablamos de dejar impunes delitos con "maniobras fiscales en la oscuridad" Esa frase final era una reflexión privada que dejé ambigua y sin explicar. Me refiero a que si finalmente la infanta no resulta imputada y no se prospera la acción popular habrá ganado el Estado - que no quiere que la infanta termine procesada. Y que quizá sea mejor que las razones de Estado se impongan por la estabilidad del sistema, y que incluso puede que deba hacerse con estos "trucos de magia" para que, por iguales razones de estabilidad del sistema, sigamos pensando que la ley es igual para todos y que los poderes públicos están sometidos a su imperio
      • Marod 2014-12-10 17:14:59
        No por Dios, V. no quisiera yo ponerte de mal humor, mujer Lo importante de este caso es el trasfondo que implica. Si bien la imputación puede hacerla el propio juez instructor (que así lo hizo de hecho), para que el imputado pase a la condición de acusado necesita necesariamente la acción del fiscal, o de las acusaciones particular o popular. Nuestra Ley de enjuiciamiento criminal lo establece meridiano: "Cuando el Tribunal conceptúe improcedente la petición del Ministerio Fiscal relativa al sobreseimiento y no hubiere querellante particular que sostenga la acción, antes de acceder al sobreseimiento podrá determinar que se remita la causa al Fiscal de la Audiencia territorial respectiva si se sigue en una Audiencia de lo criminal, o al del Supremo si se sustancia ante una Audiencia territorial, para que, con conocimiento de su resultado, resuelvan uno u otro funcionario si procede o no sostener la acusación" Como ves, al final el juez instructor necesita la acusación, y él no puede hacerla porque no puede ser parte en la fase siguiente (la del juicio). El terrible trasfondo de eso es que Horrach (bueno, Torres-Dulce) está pidiendo eliminar la única posibilidad de que se formalice una acusación contra la infanta; y esa única posibilidad es la que se basa en la acción popular de la justicia, la que ejercemos nosotros en esa ínfima parcela que nos permite inmiscuirnos en las "cosas de los mayores". Le "robo" al profesor Jaen Vallejo un párrafo que lo explica mucho mejor que mi menda: Por tanto, en la hipótesis de que el MF, por la razón que sea, no quisiera ejercer la acción penal; aquellas otras acusaciones (particular y popular) pueden permitir el inicio y continuación del procedimiento, asegurando así la defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público, tutelado por la ley. Es decir, la posible dependencia del MF quedaría neutralizada a través de la acción directa de los propios ciudadanos. Es, por tanto, especialmente vil y rastrera esa pretendida aplicación de la Doctrina Botín, que fue diseñada precisamente para esta marranada. Y en este caso precisamente en que Castro está reivindicando por derecho que los jueces pueden ser independientes si tienen cojones. Él fue el que le soltó a Horrach "pídeme la imputación" y ante la negativa de la fiscalía, le echó redaños y sentó a la infanta a decir aquello de "yo no se nada". En conclusión; A pesar de los ríos de tinta que corren despotricando contra la independencia de nuestro sistema judicial, los jueces son los únicos independientes formalmente y tienen garantías suficientes para serlo. Y si deciden ser "comprensivos" con los políticos, todavía tienen que encajar la marranada x con la motivación técnica y jurídica de sus resoluciones. Una de las "patas" de la justicia, el MF, no es independiente ni siquiera formalmente. Y no tiene que justificar sus "cambios de humor" con base a criterios técnicos o jurídicos. Les vale con decir "yo soy un mandao, oiga" Y la "doctrina Botín" pretende darles todavía más peso en el proceso a estos "representantes de la legalidad y el estado de derecho"....desolador, ¿no te parece?
      • octavio 2014-12-10 17:28:45
        No puedo intervenir en este debate com impqrciaiidad, los republicanos de egalite, liberte e vayaustedasabe , somos muy de tricoteuses en materia de cabezas reales 🙂
      • plazaeme 2014-12-10 17:25:13
        Hay que fastidiarse con el jodido M.: Y hay que destacar también que la doctrina Botín salió del T.S. y no del Constitucional, lo cual también debería decirles algo a aquellos que creen que eliminando el TC y dándole el control de la constitución al TS se arreglaría algo (ja ja ja ja) Pues si, claro que se arreglaría algo. El Prostitucional. Sólo quedaría todo lo demás, entre lo que lo de los fiscales sería probablemente lo siguiente. El Prosti no necesita ni casos concretos para demostrar su disfuncionalidad. La tiene por origen. La chulada de los partidos de ... L'etat c'est moi.
      • viejecita 2014-12-10 13:28:33
        Pues ¿ ves Marod ? sigo sin comprenderte. Porque que yo sepa, el que decide aquí es el juez Castro. No Horrach. Pero sigo pensando que los jueces que deciden, hacen demasiado caso a las tricotosas cotillas. Y que el hecho que por "alarma social", o por poner un ejemplo que satisfaga a "las hienas que lo que quieren es ver el trasero a los famosos " metan en la cárcel y denieguen el tercer grado a Pantoja, a Matas, etc etc, me parece vomitivo. Con que les hubieran hecho devolver el dinero, con interese, les hubieran puesto una multa, y, a los cargos públicos, les hubieran incapacitado para ejercer cargos públicos de por vida, hubiera habido de sobra. Sobre todo si tenemos en cuenta que se ha excarcelado a asesinos que ni siquiera se han arrepentido, ni han compensado a las víctimas ni nada, y muuuucho antes de que hubieran cumplido su condena. Que habrá que estar a setas o a Rolex, pero siempre a setas, o siempre a Rolex, no "según".
      • viejecita 2014-12-10 14:09:40
        O sea que "según", y que " Ara no toca"... O todos a setas, o todos a Rolex. Lo demás me parece una injusticia.. Y me largo , que si no, me voy a acabar poniendo de mal humor, y no me apetece.
      • Marod 2014-12-10 13:51:25
        Por supuesto que decide Castro. Pero no me voy a meter con él, porque -Todavía no se ha pronunciado - Con ese (juez) ya se mete todo Dios... es el muñeco del pin, pan pum Hay que destacar que mientras que el juez (Castro o quien corresponda luego en la fase de enjuiciamiento) tiene las herramientas necesarias para ser independiente (otra cosa es que no lo sea porque sea un vendido), el fiscal Horrach recibe órdenes de un superior. Y hay que destacar que la acción del ministerio fiscal en la acción de la justicia es una labor esencial y que vincula al juez en no pocos casos. Y hay que destacar también que la doctrina Botín salió del T.S. y no del Constitucional, lo cual también debería decirles algo a aquellos que creen que eliminando el TC y dándole el control de la constitución al TS se arreglaría algo (ja ja ja ja) Y hay que destacar también que los "jueces que deciden haciendo caso a las tricotosas cotillas" tienen un DEBER de motivar sus resoluciones conforme a Derecho. Al Fiscal le vale con decir "es que Torres-Dulce me lo mandó así" Yo, a la Pantoja, a la infanta a Matas y demás no quiero que les hagan nada especial. Simplemente que les apliquen las condenas por los delitos que se demuestren en el proceso penal. Para eso tenemos un código que establece las penas. Y a los "que se ha excarcelado a asesinos que ni siquiera se han arrepentido, ni han compensado a las víctimas ni nada, y muuuucho antes de que hubieran cumplido su condena" tampoco quiero que se arrepientan de nada (porque la ley no lo exige a ningún otro delicuente), que compensen a sus víctimas si no son insolventes (y si no que el Estado sustituya esa compensación por responsabilidad objetiva) y nunca antes de que hayan cumplido al menos 2/3 de la condena máxima de este país que son 40 años a la sombra.... pero eso es otro debate.