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La Clarity Act traducida, y algunas explicaciones

Por situar con brevedad. En 1995 hubo un referéndum de secesión en Quebec, que los secesionistas estuvieron a un tris de ganar. Era ya el segundo que se celebraba, y lo ajustado de la victoria de los unionistas produjo una conmoción en todo Canadá. Especialmente porque se veía que de consulta en consulta, alguna llegarían a ganar los secesionistas, y entonces se acabó el juego. Nadie duda que ellos no iban a permitir que les organicen consultas una vez consumada la secesión.

Las acusaciones de inacción al gobierno federal, y el mismo susto del resultado, movieron a Ottawa. Nombraron un ministro para encarar el problema, el politólogo québécois Stéphane Dion (actualmente líder del Partido Liberal de Canadá). El resultado de la tarea de Dion fue la Clarity Act, que regula la forma de digerir un afán secesionista de tercer grado que surja en un territorio. Para casos de países cuya constitución no permite una secesión, como por ejemplo el de Canadá o el de España.

Un resumen muy resumen sería: La Clarity Act no es una guía para la secesión. No resuelve ninguno de los enormes problemas que plantea una secesión. Sólo resuelve dos aspectos, y sin entrar en demasiados detalles. Cuándo debe el gobierno de un estado soberano democrático sentirse concernido por el resultado de un referendo de secesión, y la obligación de negociar la posible secesión en el caso de que deba sentirse concernido. No todo resultado simplemente mayoritario debe hacer que ese gobierno democrático se sienta obligado a negociar, y el hecho de negociar no implica automáticamente que el resultado de la negociación sea la secesión, con los parámetros elegidos por el gobierno del territorio que la busca.

Exige, sí, buena fe. Llevando implícita la importancia del efecto que esa buena fe puede producir en la opinión de la comunidad internacional, que a su vez puede llegar a ser un factor relevante en las posibilidades de la secesión.

La Clarity Act es breve, y viene traducida a continuación. Y el proceso y discusiones de los que nació está muy bien documentado. Es muy útil para el que quiera comprender los intríngulis y circunstancias. La ley surgió en tres pasos, y todos por escrito.

  1. Discusión epistolar entre Dion y Bouchard (Primer Ministro de Quebec) y Brassard (Ministro -como de relaciones con Canadá- de Quebec), sobre las implicaciones de los referendos de secesión que venía convocando el Gobierno de Quebec cada tantos años.

Tres cartas de Dion:

  • August 11, 1997 - Letter to Premier Lucien Bouchard Concerning his Position on a Unilateral Declaration of Independence.
  • November 19, 1997 - Letter to Mr. Jacques Brassard in response to his ministerial statement on the territorial integrity of Quebec.
  • August 25, 1998 - Letter to Premier Lucien Bouchard on the Need to Respect the Supreme Court's decision in its entirety.
2) Respuesta del Tribunal Supremo a  tres preguntas del Gobierno de Canadá tras la discusión anterior.
  1. ¿Bajo la constitución de Canadá, puede la Asamblea Nacional o el Gobierno de Quebec separarse unilateralmente de Canadá?
  2. ¿Concede el Derecho Internacional el derecho a la secesión unilateral de Quebec respecto de Canadá?
  3. ¿En caso de conflicto entre la ley de Canadá y el derecho internacional respecto a una secesión unilateral, cuál tiene precedencia en Canadá?
3) Clarity Act. Ley que refleja la respuesta del Tribunal Supremo. --

Traducción de la Clarity Act:

Una ley para llevar a cabo la exigencia de claridad según se desprende de la opinión del Tribunal Supremo de Canadá en su Referente a la Secesión de Quebec.

Preámbulo.

CONSIDERANDO que el Tribunal Supremo de Canadá ha confirmado que no existe derecho de efectuar una secesión unilateral por parte de la Asamblea Nacional o el Gobierno de Quebec, ni bajo el derecho internacional ni la Constitución de Canadá;

CONSIDERANDO que cualquier propuesta relativa a la partición de un estado democrático es un asunto de la mayor gravedad y de una importancia fundamental para todos sus ciudadanos;

CONSIDERANDO que el gobierno de cualquier provincia de Canadá tiene derecho a consultar a su población mediante referendo sobre cualquier asunto, y puede elegir la formulación de la pregunta;

CONSIDERANDO que el Tribunal Supremo de Canadá ha determinado que el resultado del referendo de secesión de una provincia ha de estar libre de ambigüedad, tanto en términos de la pregunta empleada como del apoyo que recibe, si tal resultado ha de ser tenido en cuenta como la expresión de la voluntad democrática que conllevaría la obligación de entrar en negociaciones que podrían conducir a la secesión;

CONSIDERANDO que el Tribunal Supremo ha establecido que democracia significa más que la simple regla de la mayoría, que sería necesaria una clara mayoría para crear una obligación de negociar la secesión, y que se requiere una evaluación cualitativa para determinar si existe en esas circunstancias una mayoría clara en favor de la secesión;

CONSIDERANDO que el Tribunal Supremo de Canadá ha confirmado que la secesión de una provincia, para ser legal, requeriría una enmienda a la Constitución de Canadá, que esa enmienda necesariamente requiere negociaciones referentes a la secesión que implican al menos a los gobiernos de todas las provincias y al Gobierno de Canadá, y que esas negociaciones estarían guiadas por los principios del federalismo, democracia, constitucionalismo, el imperio de la ley, y la protección de las minorías;

CONSIDERANDO que a la vista de la decisión del Tribunal Supremo que serían los representantes electos los que determinarían qué constituye una pregunta clara y qué constituye una mayoría clara en un referendo de secesión habido en una provincia, la  Cámara de los Comunes, como única institución política elegida para representar a todos los canadienses, tiene un rol importante en identificar qué constituye una pregunta clara y una mayoría clara suficiente para que el Gobierno de Canadá entre en negociaciones en relación a la secesión de una provincia de Canadá.;

Y CONSIDERANDO QUE es imperativo que el Gobierno de Canadá no entre en negociaciones que pudieran conducir a la secesión de una provincia de Canadá, y que pudiera consiguientemente suponer el cese de la ciudadanía y otros derechos que ciudadanos canadienses residentes en la provincia disfrutan como participantes plenos de Canadá, a no ser que la población de esa provincia haya expresado con claridad su voluntad democrática de secesión de Canadá;

PORTANTO, Su Majestad, por y con el consejo y consentimiento del Senado y la Cámara de los Comunes de Canadá, promulga lo siguiente:

Nota marginal: La Cámara de los Comunes considerará la pregunta

1. (1) La Cámara de los Comunes debe, en el plazo de 30 días después de que el gobierno de la provincia o su asamblea legislativa o por cualquier medio oficial declaren la pregunta que pretenden presentar a los votantes en un referendo relativo a la propuesta secesión de la provincia de Canadá, considerar la pregunta, y, por resolución, determinar si la pregunta es clara.

Nota marginal: Extensión de tiempo

(2) Si los treinta días de la subsección anterior ocurren durante una elección general de los miembros de la Cámara de los Comunes, los 30 días se extenderán 40 más.

Nota marginal: Consideraciones

(3) Al considerar la claridad de una pregunta de referendo, la Cámara de los Comunes debe considerar si la pregunta resultará en una clara expresión de la voluntad de la población de una provincia sobre si la provincia debe dejar de ser parte de Canadá y convertirse en un estado independiente.

Nota marginal note: Dónde no hay clara expresión de voluntad

(4) A los propósitos de la subsección (3), una cara expresión de la voluntad de la población de una provincia de que la provincia deje de ser parte de Canadá no puede resultar de:

(a) una pregunta de referendo que se refiera solo a un mandato de negociar, sin solicitar una expresión directa de la voluntad de la población de esa provincia respecto a si la provincia debe dejar de ser parte de Canadá. ; ó

(b) una pregunta de referendo que contemple otras posibilidades además de la secesión de la provincia de Canadá, tal como acuerdos económicos o políticos con Canadá, que oscurezcan la expresión directa del deseo de la población de esa provincia sobre si la provincia debe dejar de ser parte de Canadá.

Nota marginal note: Otros aspectos a considerar

(5) AL considerar la claridad de la pregunta del referendo en cuestión, La Cámara de los Comunes deben tener en cuenta la opinión de todas las partes políticas representadas en la asamblea legislativa de la provincia cuyo gobierno está proponiendo el referendo de secesión, cualquier declaración o resolución del gobierno o legislativo de cualquier provincia de Canadá, cualquier declaración formal o resolución del Senado, cualquier declaración o resolución de representantes de los Pueblos Aborígenes de Canadá, especialmente aquellos de la provincia cuyo gobierno está proponiendo el referendo de secesión, y cualquier otra opinión que considere relevante.

Nota marginal: No negociaciones si pregunta no clara

(6) El gobierno de Canadá no debe de entrar en negociaciones sobre los términos en que una provincia puede dejar de ser parte de Candá si la Cámara de los Comunes determina, de acuerdo a esta sección, que el la pregunta del referendo no es clara y, por esa razón, no determinará una expresión clara de la voluntad de la población de esa provincia sobre si la provincia debe dejar de ser parte de Canadá.

Nota marginal note: Cámara de los Comunes considera si hay voluntad clara de secesión

2. (1) Donde el gobierno de una provincia, tras un referendo relativo a la secesión de la provincia de Canadá, busca entrar en negociaciones sobre los términos en que esa provincia podría dejar de ser parte de Canadá, la Cámara de los Comunes debe, excepto donde haya sido determinado de acuerdo a la sección 1 que la pregunta del referendo no es clara, considerar, y, por resolución, establecer su decisión sobre si, en las circunstancias, ha habido una clara expresión de la voluntad de que la provincia deje de ser parte de Canadá, por una clara mayoría.

Nota marginal: Factores que la Cámara de los Comunes atenderá

(2) Al considerar si ha habido la clara expresión de una voluntad por una mayoría clara de una provincia de que la provincia deje de ser parte de Canadá, la Cámara de los Comunes debe tener en cuenta:

(a) el tamaño de la mayoría de votos válidos en favor de la opción de la secesión;

(b) el porcentaje de votantes en el referendo; y

(c) cualquier otra circunstancia que considere relevante.

Nota marginal: Otros aspectos a considerar

(3) Al considerar si ha habido la clara expresión del deseo, por una clara mayoría, de la población de una provincia de que la provincia deje de ser parte de Canadá, la Cámara de los Comunes debe tener en cuenta las opiniones de todos los partidos políticos representados en la asamblea legislativa de la provincia cuyo gobierno propuso el referendo de secesión, cualquier declaración formal o resolución del Senado, cualquier declaración formal o resolución de los representantes de los Pueblos Aborígenes de Canadá, especialmente de aquellos de la provincia cuyo gobierno propuso el referendo, y otras opiniones que considere de interés.

Nota marginal: No negociaciones sin voluntad clara

(4) El Gobierno de Canadá no debe de entrar en negociaciones sobre los términos en que una provincia puede dejar de ser parte de Canadá salvo que la Cámara de los Comunes determine, de acuerdo con esta sección, que ha habido la expresión de una voluntad clara por parte de una clara mayoría de la población de esa provincia de que la provincia deje de formar parte de Canadá.

Nota marginal: Enmiendas constitucionales

 (1) Se reconoce que la Constitución de Canada no recoge el derecho de llevar a cabo unilateralmente una secesión de una provincia de Canadá y que, por tanto, sería necesaria una enmienda a la Constitución de Canadá para que cualquier provincia se secesiones de Canadá, lo que, a su vez, requeriría negociaciones con al menos  los gobiernos de todas las provincias y el gobierno de Canadá.

Nota marginal : Limitacion

(2) Ningún Ministro de la Corona debe proponer una enmienda constitucional a los efectos de la secesión de una provincia de Canadá a no ser que el Gobierno de Canadá haya abordado, en sus negociaciones, los términos de la secesión que sean relevantes a las circunstancias, incluyendo la división de los activos y deudas, cualquier cambio en las fronteras de la provincia, los derechos, intereses y reclamaciones territoriales de los Pueblos Aborígenes de Canadá, y la protección de los derechos de las minorías.

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Más documentación. Aparentemente, el problema más delicado y que más discuten los de posturas secesionistas y federalistas es el territorial. Este estudio profundiza en ese aspecto:

Macquarie Law Journal (2003) Vol 3 QUEBEC’S BOUNDARIES IN THE EVENT OF SECESSION Suzanne Lalonde Professor of International Law, Faculté de droit, Université de Montréal.

La radiografía del resumen podría ser esta:

However, the Canadian Supreme Court effectively rejects the proposition that existing federal borders are sacrosanct in the context of a negotiated constitutional amendment for the secession of Quebec.
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Muy relacionado:


  • Marod 2014-12-09 17:36:55
    Aún a riesgo de redundar en una discusión ya agotada, no quisiera dejar de matizar algunos aspectos sobre la LC Canadiense y su trascendencia en nuestro problema secesionista. Antes que nada, creo que nos estábamos enredando en malentendidos; así que corresponde que re-enfoquemos el tema, aprovechando el excelente trabajo de traducción que nos ha hecho Plaza. A mí, lo primero que me llama la atención es que la ley de claridad, sea tan ambigua (contradicción en los términos). Porque de la lectura de este párrafo: "el Tribunal Supremo de Canadá ha determinado que el resultado del referendo de secesión de una provincia ha de estar libre de ambigüedad, tanto en términos de la pregunta empleada como del apoyo que recibe, si tal resultado ha de ser tenido en cuenta como la expresión de la voluntad democrática que conllevaría la obligación de entrar en negociaciones que podrían conducir a la secesión" En contraposición con este otro: "Una clara expresión de la voluntad de la población de una provincia de que la provincia deje de ser parte de Canadá NO puede resultar de: (a) una pregunta de referendo que se refiera solo a un mandato de negociar, sin solicitar una expresión directa de la voluntad de la población de esa provincia respecto a si la provincia debe dejar de ser parte de Canadá" Es decir, la ley de claridad regula una pregunta cuyo único efecto posible es obligar al gobierno canadiense a emprender una negociación de secesión, y -curiosa y ambiguamente- la pregunta no puede referirse a la apertura de ese proceso. Es decir, la LC canadiense viene a determinar que la pregunta jamás podrá versar sobre la materia de la respuesta. Para ser una ley de claridad, resulta cuanto menos curiosa. Y digo curiosa porque para obtener la pretendida claridad de voluntad secesionista de una provincia, no puedes "esconder las cartas". O sea la pregunta no puede versar sobre la negociación (y sí sobre la secesión), pero la respuesta no puede versar sobre secesión (y sí sobre la negociación). Propongo cambiarle el nombre y llamarla Ley de (in)claridad Al final tiene encaje, siempre y cuando el análisis de la voluntad (el escrutinio de votaciones) se haga antes de definir el objeto de la secesión. Me explico: Para que esto tenga algo de sentido, el resultado de las votaciones sólo podrá tenerse en cuenta para emprender las negociaciones y NUNCA para organizar la secesión en función del criterio de votos que "democráticamente" nos de -arbitrariamente- por adoptar. O sea, si decide que el resultado de la pregunta es suficiente para obligar a la negociación, está deberá versar sobre el territorio propuesto en la pregunta (Quebec) y no sobre el que se nos ponga en los cojones, en función de los votos de cada ciudad o pueblo de Quebec. Cualquier otra cosa, sería inducir a un error tamaño catedral en los preguntados, y en la desembocadura de un problema muchísimo más grave del que se pretendía solventar. Yo ignoro si el batacazo de los independentistas canadienses ha sido fruto de la clarity o de una desafección de los quebecenses por cualquier otra razón. Lo que sí me parece claro, que esa pretensión de preguntar sobre la secesión de Cataluña y, a posteriori, en función de los resultados determinar la secesión de Tarragona sí, Mollerusa no, sería un error de proporciones descomunales. Porque agravaría un problema ya bastante avanzado, y porque no su único motivo no es "buscar la mayor democracia" de la decisión, sino limitar el "supuesto" derecho de secesión que aparentabas comenzar para hacerlo completamente irrealizable de facto. E insisto, puede haber razones más que suficientes para que ese derecho no se pueda realizar, pero entonces la respuesta debe ser NO desde el comienzo y la remisión a la legalidad vigente. Es como si en el rerendum de ingreso en la OTAN hubiésemos reclamado la "democracia de resultados" y le dijésemos a la Organización que España entraba a excepción de Toledo y Valencia que habían votado que NO... El Secretario General de la OTAN nos hubiese tomado por gilipollas y nos hubiese mandao al pedo a todos. Claro está que ni Toledo ni Valencia tienen reconocimiento jurídico (capacidad) para pronunciarse sobre tal cosa. Ni Cataluña la tiene tampoco para pronunciarse sobre su pertenencia a España.... ¿A qué viene una ley de claridad que ni se la concede ni se la aclara? Dos caminos: O dejamos que el pueblo catalán se pronuncie, y después negociamos una secesión aprobada por todos (catalanes y españoles); o dejamos las cosas como están: artículo 2 de la CE. Caben terceras vías federalistas y tal... pero requieren también la aprobación por todos.
    • plazaeme 2014-12-09 17:50:20
      Te contesto a la primera parte, porque es un problema que ya te había visto. Al resto, luego. Una clara expresión de la voluntad de la población de una provincia de que la provincia deje de ser parte de Canadá NO puede resultar de: (a) una pregunta de referendo que se refiera solo a un mandato de negociar, sin solicitar una expresión directa de la voluntad de la población de esa provincia respecto a si la provincia debe dejar de ser parte de Canadá Te estás perdiendo el detalle de "se refiera solo a un mandato". Pero puede valer una pregunta como ... - ¿Quiere que Canadá se separe de Quebec, y que el Gobierno de Quebec negocie las condiciones con el de Canadá? Eso no "se refiere solo a un mandato", sino a la secesión, y un mandato. Claridad se refiere siempre a claridad en lo que queremos. La idea de claridad en lo que va a resultar es absurdo, porque no depende solo de ti, y de lo que quieres. Y te lo está repitiendo todo el rato en el texto de la ley. "Expresión de la voluntad". A eso se refiere la claridad. Luego sigo.
      • plazaeme 2014-12-10 08:46:17
        Es un problema de perspectiva, Marod. Tú te estás poniendo en el pellejo del que pregunta. Pero Canadá no pregunta. Canadá explica las condiciones mímimas que le pide a una pregunta para sentirse concernido, preocupado, impelido a actuar. Lo demás, es problema del que pregunta, y la Clarity Act no se mete en eso.
      • Marod 2014-12-10 08:42:20
        Correcto. Ahora al mirarlo más detenidamente veo que estaba (de nuevo) ofuscado. Voy a tener que dejar la medicación :-) La ley deja abierta la posibilidad de referirse al mandato, siempre y cuando lo acompañes de la secesión. Así sí estás dejando claras las cosas al pedir una respuesta dejando claro que ésta versa sobre la apertura de una negociación para la secesión de un territorio. A mi entender la referencia a que la única vinculación exigible al Estado es la de apertura de una negociación es fundamental para que la pregunta tenga la claridad mínima necesaria.
    • plazaeme 2014-12-09 20:52:59
      A ver, nos estamos atascando en lo de siempre. Dos caminos: O dejamos que el pueblo catalán se pronuncie, y después negociamos una secesión aprobada por todos (catalanes y españoles); o dejamos las cosas como están: artículo 2 de la CE. Que los habitantes de Cataluña se pronuncien no debería de ser mayor problema. No va de eso la Clarity Act. Allí no tienen ese problema, porque a nadie se le ocurre que no se les pueda preguntar. A mi tampoco. La Clarity Act señala qué debe de hacer Candá una vez hay una respuesta. 1) Examinar la pregunta, si puede evidenciar una expresión clara de una voluntad, o es la payasada habitual que plantean los nacionatas si les dejan. Y contesta: Si preguntas así, vale como expresión de una voluntad; y si preguntas asá, no vale. 2) Señalar qué debe de hacer el gobierno si existe esa "voluntad clara". Negociar. ¿Que? ¡Coño, lo lógico! Y principalmente el reparto de deudas y haberes, y la cuestión territorial. Es de cajón. No tiene nada que ver un resultado más o menos homogéneo terrotorialmente, que un resultado en el que se viera que hay dos "pueblos de Cataluña", con dos voluntades diferentes. ¿Por qué te va a importar más la voluntad de un "pueblo de Cataluña" que la de otro "pueblo de Cataluña"? No tiene ningún sentido. Ante un caso así, España puede contestar: No, mire, perdone. No existe un "pueblo de Cataluña" que se quiera secesionar. Pero sí hay X territorio que se quiere secesionar. ¿Negociamos (y preguntamos) si quieren hacerlo en esas condiciones (con X territorio), o prefiere irse a tomar por saco? O puede contestar: Sí venga, estupendo, iros de una puta vez. Lo que sea. Y ahora el Gobierno de Cataluña puede elegir tirar por la brava. Pero siempre tiene menos bazas de éxito que si el argumento es "no nos dejan preguntar". Y el Gobierno de España podrá jugar sus bazas. Mejores bazas que las que tiene. Lo que no puedes hacer es partir del supuesto que no crees. Que existe un "pueblo de Cataluña" que por arte de magia es uno y no trino. Porque no lo crees, y porque no es la realidad. ¿Que lo creen ellos? ¡Allá películas! Negociar es tratar de conjugar supuestos diferentes; no tragarse el supuesto del otro.
      • Marod 2014-12-10 08:51:27
        Sí. Eso es razonable siempre y cuando lo hagas en los tiempos correctos. Tal y como lo has planteado ahora es una secuencia lógica y justa. Lo que yo había entendido - incorrectamente - era dividir el territorio en función de los resultados de la votación. Si los resultados de la votación arrojan una clara voluntad de alguna parte del territorio catalán de permanecer en España, eso puede darte argumentos para rechazar la pretensión por completo. Pero no para emprender una negociación para secesionar Cataluña por partes, eso sería emprender una negociación partiendo de una pregunta erronea ¿Quiere que Cataluña sea independiente? jamás podrá ser una pregunta válida para emprender una negociación para la secesión de Lleida, Girona y Tarragona. Sí es lógico que si Barcelona desea permanecer en España sea motivo suficiente para rechazar "Cataluña independiente"
  • repbana 2014-12-06 18:14:53
    La mitad de los artículos me parecen un poco repetitivos, pero hay un párrafo que merece la pena recalcar: una cara expresión de la voluntad de la población de una provincia de que la provincia deje de ser parte de Canadá no puede resultar de una pregunta de referendo que contemple otras posibilidades además de la secesión de la provincia de Canadá, tal como acuerdos económicos o políticos con Canadá. Sin medias tintas, sin suposiciones sobre relaciones futuras: Si te independizas, te independizas. No hay cabida a engaños como los que plantean los separatistas catalanes: Que si el equipo de fútbol del Barcelona seguiría en la liga, que si seguiría siendo territorio de la UE,... Yo he exigido en mi blog a los separatistas unos términos previos para considerar como votante mi voto a favor de la secesión de eso que llaman euskadi, euskadi, euskal herria, ...: Hagámoslo a la inversa: Primero redactad vuestra propuesta de constitución, y mucho tiempo después la secesión. Cuando la tenga vuestra propuesta de constitución en la mano, la haya leído, estudiado, leído análisis, quizá me plantee comprar vuestro producto. Y no salgáis con que la constitución requiere ser refrendada tras la secesión, la constitución debe entrar en vigor al día siguiente de la secesión de forma automática.
    • repbana 2014-12-06 18:20:26
      Parece que he introducido un código HTML inválido. El enlace es este.
  • repbana 2014-12-06 18:29:07
    Este pasado domingo un barrio de un pueblo vizcaíno, el barrio es Usánsolo y el pueblo Galdácano, celebró un referéndum independentista como el de Mas de hace unos días … y el PNV de “akí”, se comportó con los independentistas locales de Usánsolo como Rajoy y el P.P. de Madrid con la cosita de Mas. El PNV no cedió el censo, no permitió el uso de locales públicos (y lo consiguió imponer, votaron en una carpa en la plaza del barrio), la consulta no tiene validez legal, los resultados son cuestionables (votaron los de 16 años, el censo fue chapucero, no hubo control oficial, etc.). Al PNV sólo le interesan los referenda en los que pueda “sacar tajada”, como en Treviño, o la saquen sus amiguetes de otras regiones, que servirán de antecedente y también supondrían otra forma de “sacar tajada”. Pero ni Usánsolo de Galdácano, ni Igueldo de San Sebastian, ni, por cierto, en ningún municipio vizcaíno … que para eso ya tienen articulados vetos a través de la Diputación. Fuente