¿Se puede aplicar una Clarity Act, aquí, sin cambiar antes la constitución?
[Nota previa, o avanzadilla para impacientes. Marod cree que no se puede aplicar una Clarity Act sin reformar primero la Consti. Otros creen que sí (ver en los comentarios)]
Marod
Ayer manteníamos una pequeña charla/discusión en Tw sobre la aplicabilidad de la Clarity Act canadiense en España. Por aquello de aclarar de una vez por todas si Cataluña (u otros) se quedan o se van, y sobretodo para que la pregunta fuese clara y unívoca.Yo decía que España no puede elaborar una Clarity Act tan alegremente porque, a diferencia de Canadá, nuestra constitución establece dos cosas que habría que reformar primero.
1- Unidad indisoluble de la nación española. Canadá no hace mención expresa a esto, y por tanto sólo requeriría una enmienda sobre la legitimidad de una Provincia para secesionarse de la Nación.
2- Competencia exclusiva del Estado central para realizar consultas populares (referendum). Hay una negativa expresa a que cualquier provincia haga una consulta sobre cualquier tema a su ciudadanía. Es una facultad reservada en exclusiva para el Estado central.
Me decía Plaza que "Preguntar no es ofender" y que para reformar la norma fundamental, primero habría que saber si hay motivo. "Sentirse concernido" no significa cambiar la Constitución.Bueno, como TW da para lo que da (poco), he revisado la magnífica entrada de Plaza /2014/12/06/la-clarity-act-traducida-y-algunas-explicaciones/
Y he aquí por qué España necesita primero reformar su Constitución y luego regular un derecho de consulta. Efectivamente, la Clarity Act no sólo determina al gobierno a “sentirse concernido”, sino que le obliga a negociar:
"Que el Tribunal Supremo de Canadá ha determinado que el resultado del referendo de secesión de una provincia ha de estar libre de ambigüedad, tanto en términos de la pregunta empleada como del apoyo que recibe, si tal resultado ha de ser tenido en cuenta como la expresión de la voluntad democrática que CONLLEVARÍA LA OBLIGACIÓN de entrar en negociaciones que podrían conducir a la secesión"
Nuestro ordenamiento jurídico no sólo es que prohíba la celebración de consultas por otras administraciones, sino que establece de forma expresa la indisolubilidad de la nación española.No es posible autorizar una pregunta sobre algo que nuestra constitución prohibe expresamente. Es como si mañana nos planteásemos consultar en Cataluña si la libertad de expresión se permite o no.
Le decía yo a Plaza que sin rito no hay liturgia, al igual que sin formalidad no hay Estado de Derecho. Me explico con mayor amplitud de lo que TW me permite. Una clarity act española sería claramente inconstitucional, ya que sería una norma de rango inferior que contraviene lo dispuesto en la norma de mayor rango (la Constitución). Por lo tanto, es preciso reformar primero la Constitución, variando el artículo 2 y el 149. De tal forma, que la nueva constitución dejase abierta la posibilidad que la nación española fuera secesionable, y dejase abierta también la posibilidad de que una Administración autonómica pudiera celebrar consultas. A partir de ahí, sí se podría regular con una ley las condiciones de la pregunta y sus posibles consecuencias. Antes no, ni de coña.
Claro, obviamente siempre se puede recurrir a la vía de hecho. Hacer la pregunta como por curiosidad, a ver que sale, sin reformar la Constitución.
Algo parecido a lo que hizo Artur Mas el 9N. Pero ya digo, sin rito no hay liturgia. Es como si yo cojo una oblea la levanto al cielo y se la doy a un fulano. El acto es similar a la comunión cristiana. Pero sin rito no vale de nada. No cumple la función de congeniarse con Dios (o lo que sea que hace la comunión).
La liturgia legal también tiene sus formalismos, dirigidos a que todas las partes acepten como ciertas las realidades que se declaran. Insisto, de nada vale que declares consultas, referendums o derechos que sólo te crees tú. Sin la manta de la formalidad se te queda el culo frío.
Uf, me estoy enrollando mucho, es que me desquito del puñetero TW. A la parte dispositiva y termino ya.
El problema o crisis nacional en España pasa por redefinir las relaciones Estado central y Estado periférico. Y sobre todo redefenir las competencias y, obviamente, el reparto de la tarta impositiva para hacer frente al ejercicio de aquellas. El federalismo es una opción, entre otras. USA es una república federal y tienen más sentimiento nacional que nadie. El sentimiento no es algo que las leyes puedan resolver. Vamos, que lo del sentimiento no lo va a arreglar nadie en este país. Una Clarity act no va a hacer que en un mes nos sintamos todos españolísimos y dejemos de berrear el himno en la final de copa ;-)
O nos sentamos a renovar el pacto de organización territorial y cantidad de autogobierno; o abrimos el melón constitucional y que salga el sol por antequera: quitamos lo de indisoluble y si rompe que rompa…O podemos no hacer nada, pero me da que estamos en las últimas.
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Nota: La etiqueta Clarity Act lleva a unas pocas entradas más sobre el asunto:
Nota 2: Dos de los expertos de Ciudadanos que estudian el caso también creen que es necesaria uan reforma previa de la Consti. Mariano Alonso en Libertad Digital: