De Maia Forstater a Lidia Falcón, avanzando
Aviso terminológico, por si las moscas legales. Ante la sospecha razonable de que no se puede sugerir, sin consecuencias penales, que un antropoide que se autodefina como mujer, podría en algunos casos no serlo, emplearé la siguiente terminología.
- Mujer nativa: animal humano de sexo femenino (XX), o hembra.
- Mujer colona (o no-nativa): animal humano que se hace llamar mujer, sin ser mujer nativa.
No es ninguna broma lo del aviso. Que le pregunten a Lidia Falcón. Clic.
El motivo de su persecución legal se puede resumir muy bien con esta frase suya:
- Ya no hay mujeres, somos género; pero las bofetadas se la dan los hombres a las mujeres, no al genero.
El argumento, que no es el de una turista que pasaba por ahí, sino el de la líder y bandera de una organización y partido feminista, es bastante de cajón. Los problemas de discriminación de la mujeres, contra los que lucha el feminismo, no vienen de que "se sientan" mujeres. Vienen de que son las que paren, y son las que tienen menos fuerza para pegar bofetadas. Probablemente también vienen de diferencias evolutivas en las estrategias de formar pareja, que se derivan inevitablemente de las dos diferencias físicas anteriores. Con el añadido cultural, por supuesto; que suele tender a magnificar lo que ya produce la naturaleza. En fin, que es algo que ocurre por todas esas circunstancias diferentes que hay entre hombres y mujeres nativas, pero que no hay entre hombres y mujeres colonas. La fuerza media de Mari Trans a la hora de devolver una bofetada, no es comparable a la de una mujer nativa, pero sí es comparable a la de los hombres. Y Mari Trans no va a tener una tara en su carrera laboral por gestación y parto. Probablemente tampoco se va a desvivir por los cachorros en una medida comparable a la de las mujeres nativas, pero sí en una medida comparable a la de los hombres. Estadísticamente, quiero decir. Por tanto, los muy respetables problemas que tenga Mari Trans por ser mujer colona, no son los mismos problemas de las mujeres nativas. No son los mismos problemas del Partido Feminista. Y encima, pretenden secuestrarlo.
Ahora, en ese párrafo de arriba, que no es literal de Falcón pero sí es la idea que expresa, sustituye cada vez que pone mujer nativa, por mujer; y cada vez que pone mujer colona, por persona trans. Por ejemplo, la última:
- Por tanto, los muy respetables problemas que tenga Mari Trans por ser persona trans, no son los mismos problemas de las mujeres.
Bien, pues exactamente ese es el motivo que lleva a Lidia Falcón a ser procesada por la ley de delitos de odio. Decir que Mari Trans tiene unos problemas muy respetables, con los que se solidariza plenamente, pero que no son los mismos problemas de las mujeres. Nota: aquí hablo como si fuera Falcón, no yo; no me vengáis con líos, que para eso he inventado lo de mujeres colonas.
¿Parece un poco gordo, no? La líder de una asociación feminista y partido político, no puede defender a sus asociadas con un razonamiento absolutamente obvio, sin que le persiga la ley. En España, hoy, está prohibido defender a las mujeres nativas por los inconvenientes que les producen las circunstancias que hacen de ellas mujeres nativas. No por algo que eligen dentro de su "autonomía personal"; sino por lo que son, y no pueden dejar de ser. ¿Y esto no es, exactamente, discriminación por motivo de sexo?
Pues con ser bastante sorpresa que esté ocurriendo esto, todavía me ha parecido mucho más escandaloso comprobar que no ha tenido ninguna repercusión pública. Me he tropezado con la imagen de la papela de la fiscalía en Twitter. En la cuenta de un exaltado que no merece ninguna confianza. Y he buscado la imagen en Google, para comprobar su veracidad. Sin encontrar ninguna otra referencia. Aparte de algunos sitios igualmente radicales de derechas y poco fiables. Pero tampoco la noticia misma de la imputación de Lidia Falcón por un delito de odio, que fue hace tres días, sale en ninguna prensa convencional. Buscando en Google por noticias sobre Lidia Falcón, sólo aparecen unos pocos sitios muy frikis, o noticias viejas no relacionadas. Pero creo que sí puedo dar por confirmada la noticia (1). Y es acojonante. Literalmente acojonante; de dar mucho miedo.
El otro día hablábamos de Maia Forstater. Expulsada de la empresa en la que trabajaba por decir en Twitter que Mari Trans no es una mujer. (Lo decía Forstater; yo nunca lo diría, que soy miedoso). Y el juez le dio la razón a la empresa. Esa opinión no está amparada por la libertad de expresión. Y ahora llegamos a Lidia Falcón, empurada por la fiscalía por el mismo motivo. De perder el trabajo, a que te caiga el código penal. Así va avanzando el Kindergarten. La gente no les tiene miedo, porque son como niños. Pues yo diría que conviene ir empezando a tener mucho miedo.
¿Marod, aquí estás con la ley, o estás con Falcón? ¿Ni siquiera con esto vas a ver el problema?
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Añadido para los comentarios:
[caption id="attachment_107349" align="aligncenter" width="510"] MADISON, USA - AUGUST 31: White supremacist racist organization Ku Klux Klan (KKK) members are seen during a rally in Madison, Indiana, United States on August 31, 2019.(Photo by Megan Jelinger /Anadolu Agency via Getty Images)[/caption]
impresiónde que el Fiscal, lo mismo, a lo mejor, puede que, haya llamado a la Falcón para eso de - ven aquí con tu abogado que te voy a dar un "aviso", guapa. O no, o la ha llamado porque de todo el material que le consta, considera que existen indicios suficientes para acusarla por un delito de odio, y abre la investigación para comprobarlo con todas las garantías legales (con la menor arbitrariedad que podemos conseguir con un Estado de Derecho) y acusar, si confirma esos indicios en la investigación, o pedir el sobreseimiento si no los halla. En una palabra, a hacer su puto trabajo. En mi opinión personal, y dado el contexto político en el que se enmarcan estas declaraciones y comunicados, no considero que haya delito. Pero si comprendo la imputación, debido a la gravedad, relevancia y difusión de todo eso que ya hemos visto. Los artículos del código penal contienen delitos, que funcionan como advertencia (parte preventiva del Derecho penal) a la sociedad de lo que no se puede hacer. El artículo 138 que establece que me caen entre 10 y 15 años de cárcel si matare a otro, me está advirtiendo como sujeto de esta sociedad de lo que me pasará si se me ocurre incurrir en el supuesto de hecho (matar a otro). El 510 ya me está advirtiendo de lo que me puede pasar si me dedico a publicar o difundir un discurso que fomente, incite o promocione esa aversión discriminatoria en contra de personas por razón de su raza, sexo, etc. No lo hagas. O no llores si te llama el fiscal por hacerlo sin que lo parezca, o que lo parezca sin serlo. El principio de inocencia funciona durante el juicio, no antes. Si pareces culpable, toca demostrarlo ante un juez; porque desde el momento en que te ponen delante del juez, entonces ya sí eres inocente hasta que se demuestre lo contrario. Y para eso, primero hay que investigar los hechos. Veremos lo que pasa, creo que volveremos a tratar este asunto, a no muy tardar. Lo mismo en el capítulo 2, te tengo que dar la razón... quien sabe