UPyD: Las enmiendas. Viejecita
Una nota previa: Creamos una "categoría" UPyD - Enmiendas (en la columna de la derecha de la página de inicio), de forma que al que esté interesado en ver las enmiendas que se han puesto aquí, le salgan todas juntas.
1º
Enmienda–Individual
Autor-menda
Tipo de enmienda de adición
Título III Capítulo Tercero
Artículo 33 B Nuevo—- Defensor del afiliado
Punto)
- Textos que se proponen
- crear la figura del defensor del afiliado.
será elegido en el congreso. deberá ser independiente del CP y del CD, no es de la C de garantías tampoco. será imparcial y con prestigio y credibilidad. Interferirá en cualquier reclamación y queja por parte del afiliado sobre malas prácticas, abusos de poder y abuso de derecho (utilizar el derecho más restrictivo) de los organismos de dirección y resto de estructura.
rendirá cuentas sólo al congreso.
Todo afiliado podrá recurrir a él mediante web, correo electrónico.
la dirección habilitará en el web un formulario de quejas al que sólo tendrá acceso el defensor del afiliado.
- Textos que se sustituyen
Es nuevo. No sustituye nada
- Justificación
esta figura existe en nuestro Estado de Derecho (Estado;CCAA;Adm. Local y incluso en algún sindicato como CCOO).
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2ª
Enmienda Individual
Autor–menda
Tipo de enmienda- de Sustitución
Título TítuloIII - De la organización y estructura del Partido
Artículo Artículo 27
Punto 4
- Texto que se propone
Cualquier afiliado convocado, podrá delegar el voto en todo tipo de asamblea, utilizando el formulario envíado expresamente para ello, al mismo tiempo que su convocatoria a la asamblea, y haciéndolo llegar a quien convocase dicha asamblea y al afiliado asistente a dicha asamblea en quien fuera a delegar.
Lo podrá hacer antes de la asamblea, o durante la misma, caso de tenerse que marchar antes del final. En este último caso, además de entregar el formulario ad-hoc al afiliado a quien confíara su representación, lo dirá públicamente ante los demás asistentes a dicha asmblea.
- Texto que se sustituye
No se permitirá la delegación de voto
- Justificación
El hecho de no poder delegar el voto facilitaría que se convocasen asambleas importantes justo en los días, o a las horas, en que los afiliados críticos, o incómodos, no fueran a poder asistir. O a alargar esas asambleas indefinidamente, sin votar, de forma que determinados afiliados se tuvieran que marchar, anulándose de esta manera su voz y su voto.
En ese sentido, ya hubo una propuesta de permitir la delegación de voto en caso de enfermedad, embarazo, etc, tanto para el Congreso de los Diputados, como para el Senado, y eso que , a diferencia de los afiliados a UPyD, que tienen su trabajo y obligaciones personales independientemente del partido, el ser Diputado , o Senador, es un trabajo de dedicación exclusiva, una de cuyas obligaciones es asistir a todas las sesiones, y votar en todas las votaciones.
Pongo el enlace a la propuesta
3ª
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Textos que se proponen
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Textos que se sustituyen
El primer párrafo del punto 4, y la primera línea del primer párrafo del punto 5
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Justificación
Si solo son tres personas, y se les exigen 2 años de antigúedad como afiliados, tendrían que ser fundadores. lo que no garantizaría una independencia suficiente. Siendo más, y uno de ellos elegido ad-hoc por el “afiliado acogido a la protección de la Comisión de Garantías, habría una mejor protección del afiliado frente a posibles arbitrariedades por parte de otros afiliados, o del aparato.
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4ª
- Texto que se propone
La Comisión de Garantías será un Órgano independiente, encargado de incoar y resolver expedientes disciplinarios , o reclamaciones de todo tipo, a petición del Consejo de Dirección, del Consejo Territorial, de cualquier Organismo o cargo dentro del Partido, pero también de cualquier afiliado que quisiera interponer una queja contra otro afiliado, contra cualquier cargo de la organización, o contra la propia organización.
En la persona o el organismo que recurra a La Comisión de Garantías, recaerán el peso y la obligación de presentar las pruebas de la falta, infracción o abuso, ejerciendo de hecho como ministerio fiscal. La Comisión de Garantías solo ejercerá como juez, basándose en los documentos probatorios aportados, dictaminará si ha habido o no falta, e impondrá la sanción correspondiente, caso de apreciar la existencia de dicha falta.
La Comisión de Garantías, cuando reciba una petición de expediente, o una reclamación, deberá avisar inmediatamente al sujeto del posible expediente o queja, para que este pueda aportar las pruebas de descargo que le parezcan oportunas para defenderse.
Mientras la Comisión de Garantías no haya dictaminado, regirá la presunción de inocencia, y ningún cargo ni ningún afiliado se podrán ver privados de sus derecho ni obligados a dimitir.
El hecho de que el “denunciante” hubiera dejado de pertenecer al partido, no anularía su denuncia o queja, siempre que los hechos que denunciara fueran probados.
- Textos que se sustituyen.
Este punto sería nuevo, con lo que no sustituye nada aquí, pero afectaría a los siguientes artículos
Artículo 9- punto2
Artículo 14- puntos 1, y 2
Puesto que las competencias en materia de sanciones pasarían a la Comisión de Garantías
Artículo 16 “medidas cautelares” Desaparecería entero, al aplicarse la presunción de inocencia mientras no hubiera sentencia firme de la Comisión de garantías
Artículo 22- Procedimiento .
Puesto que sería la Comisión de Garantías quien recibiera el escrito, lo estudiara, e hiciera el dictamen, sin importar además que el que promoviera el procedimiento hubiera dejado de ser afiliado.
- Justificación
- Quitaría un trabajo desagradable al Consejo de Dirección, o a los otros órganos del Partido, que dejarían además de ser juez y parte, en los procedimientos sancionadores o de garantías de los derechos de los afiliados.
- Evitaría la indefensión a los posibles afiliados víctimas de comportamientos arbitrarios por parte de miembros de la Organización, a los que se hubiera privado de sus derechos, destituido u obligado a dimitir de sus cargos, y que se hubieran dado de baja, oincluso hubieran sido expulsados como consecuencia de ello.
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5ª
- Textos que se proponen
punto 1- Creación inmediata de una red interna de acceso solo para afiliados, donde se registrasen las opiniones de los afiliados en todos los temas, y pudieran discutir dichas opiniones unos con otros sin censura, al no ser un lugar público
punto 2-Que todas las asambleas fueran grabadas íntegramente, y se vieran, bien en directo, bien en diferido,( cuando el tema a tratar fuera delicado), para que todo afiliado que lo deseara pudiera asistir a las deliberaciones de dichas asambleas.
punto 3- Que siempre que el Consejo Político tuviera una asamblea en que se fuera a votar, los votos de los afiliados que asistieran a través de la red se tuvieran en cuenta,aunque con un peso mucho menor, y que dichos afiliados tuvieran un turno de ruegos y preguntas al final de la asamblea, para poder manifestar su opinión, pedir información etc. Esas intervenciones tendrían un tiempo tasado corto, pero quedarían reflejadas en la grabación final, y en las actas de la asamblea.
- Texto que sustituye
- Ninguno, puesto que es un artículo nuevo.
- Justificación
-Es algo que muchísimos afiliados llevamos pidiendo desde hace tiempo.
-Suprimiría las especulaciones sobre lo que se dijo, o se dejó de decir en determinadas asambleas.
-Facilitaría muchísimo la confección de las actas; no habría más que tener un reconocedor de palabras que las pasara a escritas.
- Y finalmente, para darle una verdadera justificación de fondo, pongo el enlace al artículo de Don Carlos Martinez Gorriarán, publicado en ABC, en marzo de 2009, y dedicado a Rosa Díez.