El TC opina que la soberanía nacional no es un asunto tuyo
Resumen previo para los que no han seguido la jugada (pm). El TC dice que tú, parte de la soberanía española -como ciudadano español-, no eres quien para reclamar el derecho de participación política, en una decisión sobre la soberanía española en la que no puedes participar - ni indirectamente.
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Octavio
Bien… el TC ha resulto in admitir nuestro recurso y ¿por qué) , puesCausas de in admisión del recurso de Amparo
-No porque no fuera la vía.
- No porque no hubiera vulneración de derechos fundamentales.
- No porque la demanda careciera manifiestamente de contenido.
- No porque el TC ya hubiera desestimado cuestiones similares…
- Motivos todos en la anterior redacción del articulo 50.1
-O no por falta objetiva de interés Constitucional como en la redacción actual en el punto 50.1 del articulo.
Sino por la letra a) de la anterior redacción y de la vigente redacción del texto de la norma , en su relación con el articuloArtículo 50
1. El recurso de amparo debe ser objeto de una decisión de admisión a trámite. La Sección, por unanimidad de sus miembros, acordará mediante providencia la admisión, en todo o en parte, del recurso solamente cuando concurran todos los siguientes requisitos:
- a) Que la demanda cumpla con lo dispuesto en los artículos 41 a 46 y 49..
1. Están legitimados para interponer el recurso de amparo constitucional:
- a) En los casos de los artículos 42 y 45, la persona directamente afectada, el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.
En román paladino, porque ni Doña María Mestre Urbina, ni Don Juan Espino Sánchez son …”personas directamente afectadas” por lo que pueda ocurrirle a su país en el futuro, lo máximo que pueden tener es un “interés genérico” como el que puedan tener por las florecillas o las avutardas.
Ahora dos cuestiones ….
A)¿Se puede recurrir?. No , solo lo podrá hacer el ministerio fiscal en los próximos tres días, cuestión por tanto política.
B) ¿ Que hubiera ocurrido si la adjunta a la Defensora del Pueblo -Concepció Ferrer i Casals [-->]-en lugar de decir que no es la vía, que es…hubiera dicho que se adhiere? Que habríamos pasado de un interés “genérico” a un interés “directo”.
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Anteriores de la serie:
- Sobre Soberanías y recursos.
- Ciudadanos desconocidos acuden en amparo ante el TC contra el Parlamento de Cataluña
- Ciudadanos (ya no) desconocidos acuden en amparo ante el TC contra el Parlamento de Cataluña II.
- Manera de sumarse (gratis) al recurso de amparo de ciudadanos por su cuenta contra el Parlamento de Cataluña (Esta entrada)
- Resumen de estado del recurso de ciudadanos por su cuenta contra el Parlamento de Cataluña
- La mujer del César …
- No durante mi guardia