Plazaeme preservado

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El TC opina que la soberanía nacional no es un asunto tuyo

Resumen previo para los que no han seguido la jugada (pm). El TC dice que tú, parte de la soberanía española -como ciudadano español-, no eres quien para reclamar el derecho de participación política, en una decisión sobre la soberanía española en la que no puedes participar - ni indirectamente.

--

Octavio

Bien… el TC ha resulto in admitir nuestro recurso  y  ¿por qué) , pues

Causas de in admisión del recurso de Amparo

-No porque no fuera la vía.

- No porque no hubiera vulneración de derechos fundamentales.

- No porque la  demanda careciera manifiestamente de contenido.

- No porque el TC ya hubiera desestimado cuestiones similares…

- Motivos todos en la anterior redacción del articulo 50.1

 -O no por falta objetiva de interés Constitucional como en la redacción actual en el punto 50.1 del articulo.

Sino por la letra a) de la anterior redacción y de la vigente redacción del texto de la norma , en su relación con el articulo

Artículo 50

1. El recurso de amparo debe ser objeto de una decisión de admisión a trámite. La Sección, por unanimidad de sus miembros, acordará mediante providencia la admisión, en todo o en parte, del recurso solamente cuando concurran todos los siguientes requisitos:

  • a) Que la demanda cumpla con lo dispuesto en los artículos 41 a 46 y 49..
Artículo 46

1. Están legitimados para interponer el recurso de amparo constitucional:

  • a) En los casos de los artículos 42 y 45, la persona directamente afectada, el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.
 

En román paladino, porque ni Doña María Mestre Urbina, ni Don Juan Espino Sánchez son …”personas directamente afectadas” por lo que pueda ocurrirle a su país en el futuro,  lo máximo que pueden tener es un  “interés genérico” como el que puedan tener por las florecillas o las avutardas.

Ahora  dos cuestiones ….

A)¿Se puede recurrir?. No , solo lo podrá hacer el ministerio fiscal en los próximos tres días, cuestión por tanto política.

B) ¿ Que hubiera ocurrido si la adjunta a la Defensora del Pueblo -Concepció Ferrer i Casals [-->]-en lugar de decir que no es la vía,  que es…hubiera dicho que se adhiere? Que habríamos pasado de un interés “genérico” a un interés “directo”.

notificacion-prostitucional

Anteriores de la serie:

  1. Sobre Soberanías y recursos.
  2. Ciudadanos desconocidos acuden en amparo ante el TC contra el Parlamento de Cataluña
  3. Ciudadanos (ya no) desconocidos acuden en amparo ante el TC contra el Parlamento de Cataluña II.
  4. Manera de sumarse (gratis) al recurso de amparo de ciudadanos por su cuenta contra el Parlamento de Cataluña (Esta entrada)
  5. Resumen de estado del recurso de ciudadanos por su cuenta contra el Parlamento de Cataluña
  6. La mujer del César …
  7. No durante mi guardia

  • octavio 2013-05-25 10:52:09
    Un enlace muy interesante para quienes le interes el tema de la legitimación en este supuesto.... A) En primer lugar, que el proceso de amparo es un cauce restringido, previsto exclusivamente para la protección de unos derechos y libertades específicos: los referidos en el artículo 53.2 de la Constitución. Parece, pues, que no cualquier persona directamente afectada o que haya sido parte en el proceso judicial correspondiente (art. 46.1, apartados a y b de la LOTC) puede acudir al amparo constitucional, sino sólo aquellas personas que, además de lo anterior, sean titulares de alguno de los derechos o libertades especialmente protegidos por este proceso . Dicho con otras palabras: sólo quien es titular de alguno de los derechos o libertades amparados y ha sido lesionado, o teme serlo (5), dentro de un proceso o fuera de él, por una actuación de los poderes públicos está legitimado para recurrir en amparo, previo agotamiento, en su caso, de la vía judicial previa. .... si hubiera via judicial previa que no es caso. http://www.wke.es/salaprensa/White/white_1.html#not_4
    • octavio 2013-05-25 10:54:55
      Cuando se refiere a "otras personas" se refiere a personas juridicas , asociaciones, colectivos....a los que por cierto el TC les reconoce en algunas ocasiones en virtud de una interpretación "amplia" del concepto de legitimación.... ?a quienes? ? no lo adivinais?...partidos políticos, sindicatos, grupos parlamentarios numerosos....
    • plazaeme 2013-05-25 10:55:51
      Realmente parece todo una payasada.
      • plazaeme 2013-05-25 11:29:06
        ¡Ah, claro! Por eso digo que me parece una payasada. O si quieres, una "prostitucionalizada".
      • octavio 2013-05-25 11:00:24
        ¿ Son V y Juan titulares del derecho de participación? SI. ¿ Les han lesionado o temen que les lesiones su derecho de pariticipación? SI. Ergo ¿algunos de los que puedan leer esto me puede decir , sin prejuzgar el fondo del asunto que es tema diferente, que no tienen legitimación? Y como puedes ver el enlace no es de mindundis...
      • plazaeme 2013-05-25 11:20:54
        A mi el único argumento que se me ocurre es que no hay una violación actual, sino la intención de llevarla a cabo.
      • octavio 2013-05-25 11:27:35
        Bien... pero eso seria un argumento sobre el fondo del asunto..." Señores, no hay violación de derechos y sus temores son infundados" ... la falta de legitimación solo puede basarse en que no se tiene el derecho .
  • Juan Espino 2013-05-25 13:17:07
    Esta decisión del Prostitucional, sólo demuestra lo que ya sabemos en un Tribunal Político y no de Justicia. Aún no me he serenado lo suficiente. Pero voy a tratar de recordarle al Fiscal –el único que puede recurrir la inadmisión–, lo que está en juego: • Lo españoles no somos ”personas directamente afectadas” por la voluntad manifiesta de un Parlamento de romper la unidad de España. • ¿Quiénes lo son? ¿Los catalanes exclusivamente? • En ese caso, ¿Reconoce el TC, la soberanía exclusiva de los catalanes para decidir sobre su futuro y secesión? Ergo, ...
    • viejecita 2013-05-25 16:02:52
      ¿ Podemos escribir directamente al fiscal y decirle que recurra la inadmisión de nuestro recurso de amparo ? ¿ El? Porque si se puede, me apunto...
      • Juan Espino 2013-05-26 16:13:26
        Yo estoy preparando ahora un borrador que le haré llegar a Octavio por si me pongo excesivamente "burro". Cuando lo tenga te lo enviaré también a ti.
  • Napo 2013-05-25 15:57:39
    A Viejecita y Octavio: Gracias. La verdad es que me parec increible, Vaya sensación de impotencia que tengo después de leerlo todo. Deduzco: Vivo en un país en el que es posible que alguien no pueda defenderse legalmente cuando considera que sufre una agresión en sus intereses, sean estos los que sean.
  • octavio 2013-05-24 13:03:16
    Gracias a todos los que os pueda haber interesado este recurso , pero...no podemos hacer nada mas.
    • plazaeme 2013-05-24 13:06:29
      Gracias a ti, por impulsarlo. Y es muy útil como lección sobre quién tiene aquí la soberanía y tal.
  • Heber Rizzo 2013-05-24 13:23:26
    Jamás podré comprender como es posible que un país teóricamente avanzado como España, su constitución no ofrezca a sus ciudadanos la posibilidad de iniciativa para modificar la constitución, ni que ignore la posibilidad de referéndum ante las leyes. Tampoco comprendo la necesidad (y muchos menos el método de conformación) del Tribunal Constitucional. Para eso existe el Tribunal Supremo.
  • Jose Maria 2013-05-24 13:27:33
    Una pregunta ?y porque no lo llevais a los tribunales europeos?
  • pvl 2013-05-24 13:27:36
    Hola Octavio: Antes de nada agradecerte de nuevo tu iniciativa. Y yendo al grano del asunto reiterarme en lo que ya expuse en su día: en absoluto espera otra conclusión del TC, ya que considero ingenuo creer que asuntos como este se resuelven por argumentos "técnicos-jurídicos-legales-constitucionales" en vez de por el "poder" puro y duro de los intervinientes. En este caso vuestro poder "puro y duro" en cuanto recurrentes es el de ciudadanos individuales y anónimos: que es exactamente igual a 0, sobre todo comparado con los impulsores de lo que pretendíais recurrir: nada más y nada menos que los partidos independentistas catalanes que ostentan el poder cuasi absoluto en Cataluña. Es alagador creer que como ciudadanos de algo que se considera un "Estado de Derecho", las relaciones de poder no son tan determinantes a la hora de dirimir conflictos. Pero eso no es más que un espejismo sedante: en cuanto rascas un poco bajo la superficie del Estado de Derecho, lo que impera el la ley del más fuerte exactamente igual que en la selva. Si algún efecto práctico tiene vuestro gesto es mostrar esto de manera evidente.
    • plazaeme 2013-05-24 13:29:11
      Si algún efecto práctico tiene vuestro gesto es mostrar esto de manera evidente. Para mi, esa era exactamente la idea.
  • octavio 2013-05-27 06:41:17
    Me gustaria que releyerais el primer parrafo de la pagina 5 del Informe del Consejo de Estado que hace referencia al informe adjuto que se le proporciono a dicho Consejo y que le fue proporcionado por el Gobierno y elaborado, creo, por la Abogacia del Estado... (el informe se encuentra en un enlace en esta serie) ... y dice textualmente : "Afirmar que esta decisión corresponde unicamente a los ciudadanos- en este caso , a los ciudadanos de Cataluña- supondría, en ultima instancia, una vulneracion del derecho de participación politica del resto de los ciudadanos españoles (articulo 23 de la Constitución)" Yo tras esto... no se que mas puedo decir y plantear , que ya no esté dicho.
    • plazaeme 2013-05-27 06:48:09
      Estaba muy claro desde el principio, Octavio. Lo que no quiere decir que, tal vez, no tenga un argumento adecuado en contra. Pero claro, si el Prostitucional no necesita argumentar, parece que tenemos el perfecto sistema arbitrario. Bueno, parecer ya lo parecía. Esto solo es otra demostración. A mi me parece especialmente ilustrativa, y el mérito te corresponde.
  • viejecita 2013-05-24 13:38:01
    Buenooo Incluso los que apoyaron, nos decían que lo iban a inadmitir. Pero se intentó. Las únicas batallas que se pierden SIEMPRE son las que no se dan. Y en los cónclaves, la fumata es negra hasta que al final es blanca... ¡A la próxima !
    • octavio 2013-05-24 16:18:07
      Miralo desde otro punto de vista, los que decian que lo inadmitian lo decian por que decian que no se podía por esta vía ... pues poder se puede, otra cosa es que el TC os considere titulares de un derecho generico a la participación (por que espero que simplemente no crean que no teneis ni tan siquiera ese derecho generico) y exija , un daño directo.... Ahora bien, eso lo digo yo, que en cierto modo conozco el percal ....porque el TC "no ha fundamentado" la falta de legitimación luego ha incurrido en incongurencia omisiva vulneradora del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE)
      • plazaeme 2013-05-24 16:38:20
        Eso lo voy a "fundamentar" yo esta noche. Contaré un Cuento prostitucional. ¿Daño directo? A ver si lo he entendido. El derecho de participación no es algo "genérico". Puede ser genérico que la participación sea de esta o aquella forma (por ejemplo, directa, delegada, etc). Pero si no hay participación posible, no hay un derecho fundamental. Y eso de genérico no tiene ni moco.
      • octavio 2013-05-24 17:25:21
        Solo un para de aclaraciónes para legos y evitar criticas de juristas.... las providencias son resoluciones sin necesidad de motivacion y la aclaración solo deberia hacerse sobre sentencias....pero es que esta providencia tiene algo especial... impide el proceso, lo finaliza ... por que además el recurso de suplica solo lo puede interponer la fiscalía.
    • octavio 2013-05-24 16:54:10
      Me voy a quedar con las ganas de pedir aclaración de provindencia para saber si V et Joan no tienen legitimación por que no se ha vulnerado el derecho fundamental de participación para lo cual habria que haber entrado al fondo del asunto o simplemente, es que sus señorias no les reconocen ni tan siquiera que tengan tal derecho.
  • octavio 2013-05-31 05:42:36
    Pascual Sala , presidente del TC e integrante de la seccion que ha dictado la providencia, dice: http://www.libertaddigital.com/espana/2013-05-30/pascual-sala-proclama-que-el-tc-es-independiente-y-no-esta-politizado-1276491595/ A lo cual digo.... esperemos que la fiscalía recurra el ultimo regalo de D. Pascual a los españoles..
    • viejecita 2013-05-31 09:16:29
      El último regalo, Por ahora... Que no me fiaría yo mucho de que no fuera a seguir, y seguir... ¡ Porca miseria !
  • tmpd 2013-05-24 23:38:41
    Octavio y Viejecita No puedo por menos de agradeceros el que tengaís ese ánimo y tesón, porque yo termino por bajar los brazos, claro que vivo fuera. Hoy charlando con mi marido, recoradando viejos tiempos, cuando nos vinimos a vivir a Ginebra, me decía que cuando volviamos de España después de las vacaciones tenía un sentimiento de libertad. Han pasado más de 50 años y seguimos teniendo ese sentimiento. Creo que el problema es que en España por mucho que se diga que es una democracia nunca ha llegado a serlo de verdad. ------- En un librito con dibujitos para niños y mayores sobre las instituciones políticas suizas hay un capitulo que es una página con dibujito incluido en donde definen qué es una democracia y las exigencias para una democracia. (bueno, voy a traducir la página entera) Sufragio universal Derecho de elegibilidad (Cada ciudadano puede ser elegido y paricipar en el gobierno) Elecciones libres (no se puede ejercer ninguna presión sobre el elector) Libertad individual (que debe ser garantizada por la constitución) Separación de poderes (debe ser efectiva) Libertad de prensa (los medios deben ser independientes y el poder político no puede ejercer ninguna presión sobre ellos) Principio de mayoría (las decisiones políticas importantes se deben tomar conforme a la voluntad de la mayoría del pueblo) ---------- Algunas de estas exigencias las desarrollan luego en otros capítulos. Pero lo que yo veo, es que en España no se cumplen ni la mitad.
  • octavio 2013-05-25 16:31:28
    Recuerdo todas las pegas (jurídicas) expuestas hasta ahora….(las políticas ya las sabemos … regla general de la monarquia parlamentaria, ni puto caso al ciudadano , en caso de contradicción jurídica…aplicar esta disposición) Marod Says: enero 30, 2013 at 2:19 pm Si mal no recuerdo, el recurso de amparo circunscribe su ámbito de aplicación, su procedencia, a la tutela de los derechos fundamentales del título I (del 14 al 29). Marod Says: enero 30, 2013 at 4:28 pm La declaración por si misma no tiene la capacidad de quitarte la soberanía, no tiene valor de ley, ni desarrolla o faculta a alguna Administración a promulgar o realizar actos limitativos de tus derechos (del contenido de esa soberanía) de participación. Sigo sin verlo ¿Y donde rayos veis violación de los DDFF en la declaración del Parlament? viejecita Says: enero 30, 2013 at 8:21 pm Octavio He pedido ayuda en otro blog, y me han dicho que van a tardar 3 meses en contestar, y que luego lo van a inadmitir por la primera, o por las tres razones siguientes : - Manifiesta falta de vulneración de un derecho susceptible de amparo constitucional (esta causa de inadmisión sérá textual), - ausencia de acto, disposición o declaración jurídica susceptible de ser impugnada, y - Falta de agotamiento de la vía judicial previa. octavio Says: enero 30, 2013 at 5:08 pm Y por cierto Marod, y V lo sabe… esa es mi gran pega, jurídicamente veo la vulneración pero no la “sufro”, no la “visualizo”… me falta el vivir bajo el nacionalismo para captar su intensidad, eso es lo que me falta. Como los actores…( a fin de cuentas eso es al fin y al cabo un abagodo) no me puedo meter en el papel… y esa es la reflexión que os pido… Ni a los muy nobles participes del blog que hace referencia V, ni a los mas humildes de esta nuestra casa ,se nos pasó por la cabeza que ni V ni Juan carecieran del derecho de participación. Maria …esas cosas , el que no seas ciudadana de pleno derecho son cosas que deberías comentársela a tus abogados 
    • octavio 2013-05-25 16:32:34
      🙂
  • Napo 2013-05-26 13:57:51
    Claro, entonces... en un caso de guerra en la que fuéramos llamados a filas los varones altos, finos, bonitos, elegantes y modestos, con la excusa de defender la soberanía nacional ¿podríamos decir que esa cosa no es asunto nuestro? ¿Qué dirían al respecto los tribunales ? Creo que el único asunto ineludible que tenemos los españoles es pagar impuestos. Cada vez más.
    • Al 2013-05-26 14:31:14
      ""en la que fuéramos llamados a filas los varones altos, finos, bonitos, elegantes y modestos"" :D :D :D
      • Napo 2013-05-26 14:41:55
        Ya sabe...está casi todo escrito sobre los varones que no tenemos abuela. Jjajjajja
  • Heber Rizzo 2013-05-27 07:56:33
    En general, ningún país (nación, estado, como se quiera) ha alcanzado su independencia con la aquiescencia del estado que lo contenía. España, como antiguo imperio colonial, debería recordarlo bien, ya que costó mucha sangre en todos los bandos. Y todo eso podría haberse resuelto de manera más sencilla, sin guerras ni rencores. Por otro lado, en el caso de Cataluña es peor. Primero, porque se ha llegado a la situación actual por la carencia de estadistas en el gobierno español; simplemente todos han sido políticos de muy cortas miras, que no piensan en nada más que en sus propios bolsillos. Pero aún así, hace ya años (y todavía se está casi a tiempo) de solucionar el asunto. Una simple reforma constitucional, que permita hacer un plebiscito cada 30 años, por ejemplo, y llamar a su votación inmediata. Creo que todavía es posible que una mayoría prefiera mantenerse integrada. Eso sí, en la misma reforma constitucional debe dejarse bien claro que el idioma oficial y vehicular de España es el español, y dejar de lado todo esa tontería de la inmersión idiomática, y además con una educación nacional, que sea igual en todos lados. Si alguna autonomía quisiera agregar su lengua, que lo haga, pero será solamente eso, agegada. El que lo acepte, que se quede, y el que no, que se vaya. Una cultura, una nación. Es la forma de mantenerse unidos. Todo otro intento (como el camino que actualmente sigue el gobierno de España y quizás la mayoría de los españoles) está condenado al fracaso.
  • octavio 2014-02-21 06:59:16
    El Congreso de los Diputados desautoriza al TC y declara que unos mindundis tenían razón... que la declaración soberanista vulnera el derecho de participación de los españoles. http://www.tribunasalamanca.com/noticias/el-congreso-rechaza-de-forma-tajante-y-expresa-la-declaracion-sobre-el-derecho-a-decidir-de-mas/1392892884
    • Marod 2014-02-21 11:02:02
      JAAA! Pero qué ven mis ojos? El adalid de la separación (no división) de los poderes estatales aplaudiendo con las orejas que el parlamento invadas competencias que no le corresponden? Es ello posible? :-) :-) ¿quien es el único interprete de nuestra C.E.? Igual convenía que se lo expliquéis a Doña Rosa (vosotros que la conocéis mejor :-) ) Es broma eh? Me alegro de que, al menos, el Parlamento haya reconocido lo que vosotros trabajasteis tan bien en su día. Al menos por esa parte, y aunque no sirva de mucho, enhorabuena.